Orden FOM/3112/2009, de 28 de octubre, por la que se modifica la Orden FOM/716/2009, de 4 de marzo, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento.

MarginalBOE-A-2009-18475
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

La Orden FOM/716/2009, de 4 de marzo, regula la composición y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento.

La modificación de la estructura básica del Ministerio de Fomento, que se lleva a cabo mediante al aprobación del Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y del Real Decreto 1037/2009, de 29 de junio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, hace necesario adaptar la composición de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del departamento a estas nuevas circunstancias.

El proyecto ha sido informado favorablemente por el Consejo Superior de Administración Electrónica, así como por el Comité Ejecutivo de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento.

En su virtud, previa aprobación de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden FOM/716/2009, de 4 de marzo, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento.

La Orden FOM/716/2009, de 4 de marzo, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 3, que queda redactado como sigue:

1. Los miembros del Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica serán los siguientes:

a) Presidente: el Subsecretario de Fomento.

En casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el presidente será sustituido en los términos previstos en el artículo 23.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

b) Vicepresidente primero: el Director General de Servicios.

c) Vicepresidente segundo: el Subdirector General de Tecnologías de la Información y Administración Electrónica.

d) Vocales:

Un representante del Gabinete del Ministro.

Un representante de la Secretaría General...

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