Orden INT/3052/2008, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden de 16 de enero de 2001, por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior.
Fecha de Entrada en Vigor | 30 de Octubre de 2008 |
Marginal | BOE-A-2008-17254 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio del Interior |
Rango de Ley | Orden |
Mediante el Real Decreto 1181/2008, de 11 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura básica del Ministerio del Interior, se ha creado la Dirección General de Personal y Servicios, a la que se atribuye en su artícu-lo 15, entre otras competencias, el diseño de las políticas retributivas del Departamento, lo que hace necesario incorporar a su Titular entre los miembros de la Comisión de Retribuciones del Ministerio.
Para ello, se modifica la Orden de 16 de enero de 2001, por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior, entre las que se encuentra la citada Comisión de Retribuciones, procediéndose a incorporar entre sus miembros a la Titular de la Dirección General de Personal y Servicios, además de adaptar su composición a la nueva estructura orgánica del Ministerio del Interior, al haberse visto afectada por la modificación estructural aprobada por el Real Decreto 1181/2008, de 11 de julio.
En su virtud, previa aprobación de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:
Apartado único. Modificación de la Orden de 16 de enero de 2001, por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior.-El apartado tercero de la Orden de 16 de enero de 2001, por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior, queda redactado en los siguientes términos:
Tercero. Comisión de Retribuciones.
1. La Comisión de Retribuciones ejercerá sus funciones de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 469/1987, de 3 de abril, por el que se crean las Comisiones Interministerial y Ministeriales de Retribuciones, y, en particular, las siguientes:
a) Someter a la Comisión Interministerial de Retribuciones y a su Comisión Ejecutiva las propuestas que deben ser objeto de consideración de las mismas, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del ar-tículo 1 del Real Decreto 469/1987, de 3 de abril y relativos tanto al Departamento como a los organismos autónomos del mismo.
b) Estudiar y aprobar, en su caso, las propuestas de gratificación por servicios especiales o extraordinarios al personal funcionario elaboradas por los órganos superiores, directivos y organismos autónomos del Departamento.
c) Elaborar los criterios generales para la aplicación del...
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