ORDEN PRE/680/2004, de 12 de marzo, por la que se modifica la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio de la Presidencia.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Marzo de 2004
MarginalBOE-A-2004-4779
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

ORDEN PRE/680/2004, de 12 de marzo, por la que se modifica la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio de la Presidencia.

El Real Decreto 776/2002, de 26 de julio, por el que se modifica la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia, incorpora dentro la estructura básica del Departamento a la Secretaría de Estado de Comunicación, suprimiendo, por otra parte, la Oficina General de Desarrollo y Análisis Informativo, que tenía representación en diversosórganos colegiados ministeriales.

La disposición transitoria única del Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, establece que en las respectivas Comisiones Calificadoras de Documentos Administrativos habrán de estar representados los Organismos públicos adscritos a cada Departamento ministerial, en el supuesto de que no se cree respecto de los mismos, mediante Orden Ministerial, una Comisión distinta de la del Departamento. La ausencia de dichos representantes en la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de la Presidencia hace necesaria la modificación de la Orden de 24 de abril de 1997, por la que se regula el acceso al Archivo Central del Ministerio de la Presidencia, que en su apartado cuarto crea la mencionada Comisión.

Considerando lo establecido en las citadas disposiciones normativas, y la experiencia alcanzada en el desempeño habitual de las competencias que tienen atribuidas, se hace necesario modificar la composición y funciones de algunos de los órganos colegiados del Ministerio de la Presidencia.

Atendiendo al carácter ministerial de estos órganos, su regulación deberá efectuarse por Orden ministerial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, deOrganización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En su virtud, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 12 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, y previa aprobación de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero.--Los apartados primero y quinto de la Orden de 18 de noviembre de 1993, de creación de la Comisión Ministerial de Retribuciones, modificada por la Orden de 2 de octubre de 2000, quedan redactados de la siguiente forma:

'Primero.--Se crea la Comisión de Retribuciones del Ministerio de la Presidencia, que tendrá la composición siguiente:

Presidente: El Subsecretario del Departamento.

Vicepresidente: El Director General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura.

Vocales: Un representante, con rango de Subdirector General o asimilado, designado por el titular del órgano respectivo, por cada una de las siguientes unidades y organismos adscritos:

Gabinete del Presidente del Gobierno.

Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.

Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes.

Secretaría de Estado de Comunicación.

Secretaría General Técnica.

Dirección General del Secretariado del Gobierno.

Gabinete Técnico de la Subsecretaría.

Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

Boletín Oficial del Estado.

Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Centro de Investigaciones Sociológicas.

Son también vocales el Interventor delegado de la Intervención General de la Administración del Estado, elSubdirector...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR