Real Decreto 1641/1994, de 15 de Julio, por el Que Se Crea En la Universidad Complutense de Madrid el Instituto Universitario de Evaluación Sanitaria.

MarginalBOE-A-1994-18653
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto

El Consejo Social de la Universidad Complutense de Madrid ha propuesto la creación de un Instituto Universitario de Evaluación Sanitaria en el que concurren los requisitos que marcan la política de creación o aprobación de Institutos Universitarios a partir de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, como centros dedicados fundamentalmente a la investigación científica y técnica o a la creación artística, sin perjuicio de que realicen, además, actividades docentes en enseñanzas especializadas y proporcionen, al mismo tiempo, asesoramiento técnico en el ámbito de su competencia.

Dentro de los objetivos de la Organización Mundial de la Salud para el año 2000 se encuentran los relativos a la organización de mecanismos eficaces para asegurar la calidad de la atención a los pacientes y al establecimiento de mecanismos oficiales de valoración sistemática del uso adecuado de las tecnologías sanitarias. Para ayudar a alcanzar ambos objetivos es conveniente la creación de infraestructuras de investigación y formación en esas áreas.

En consecuencia, resulta conveniente acceder a lo solicitado, teniendo en cuenta que, en tanto tenga lugar la asunción de las competencias previstas en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, por parte de la Comunidad Autónoma de Madrid, corresponde al Gobierno de la Nación, en aplicación de la disposición final segunda de dicha Ley Orgánica, la creación del referido Instituto Universitario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10, apartado 2, de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, sobre creación de Institutos Universitarios, y en el artículo 25 del Real Decreto 1555/1991, de 11 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, procede la aprobación del oportuno Real Decreto.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, previa propuesta del Consejo de Social de la Universidad Complutense de Madrid, con el informe favorable del Consejo de Universidades y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de julio de 1994,

D I S P O N G O:

Artículo 1

Se crea en la Universidad Complutense de Madrid el Instituto Universitario de Evaluación Sanitaria.

Artículo 2

El Instituto Universitario de Evaluación Sanitaria se regirá por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y sus disposiciones de desarrollo, por los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid y por el Reglamento de régimen interior del centro.

Artículo 3

La Universidad Complutense de Madrid podrá adscribir a este Instituto Universitario al personal docente que, de acuerdo con la propuesta, aparece vinculado a las actividades iniciales del mismo, sin perjuicio de su pertenencia al correspondiente departamento universitario. Estas adscripciones podrán tener una duración de dos años renovables, durante los cuales se les podrá eximir parcialmente de sus obligaciones docentes.

Artículo 4

El período de vigencia de las actividades del Instituto Universitario de Evaluación Sanitaria será de cinco años renovables por períodos iguales, previa verificación por parte del Ministerio de Educación y Ciencia del cumplimiento de los objetivos de investigación propuestos y de la adecuación a los mismos del personal docente adscrito y de nueva adscripción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior.

Disposición final única
  1. Por el Ministro de Educación y Ciencia se dictarán cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de lo establecido en el presente Real Decreto.

  2. Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el .

Dado en Madrid a 15 de julio de 1994.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA

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