ORDEN CUL/3053/2007, de 17 de octubre, de delegación de competencias en el Gerente del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

MarginalBOE-A-2007-18344
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1291/2007, de 28 de septiembre, por el que se modifica el Estatuto del Organismo Autónomo Museo Nacional Centro de Arte Reina SofÃa, aprobado por Real Decreto 318/1996, de 23 de febrero, ha supuesto una modificación de la organización del organismo, asà como de algunas de las competencias atribuidas a sus órganos rectores y de dirección. En el artÃculo 5.2, relativo a las competencias del Presidente, se ha introducido un nuevo párrafo e) que atribuye al Presidente las facultades de contratación en nombre del organismo, de disposición de gastos y de ordenación de pagos, asà como la rendición de cuentas.

En el marco de tal previsión, y sin perjuicio de las facultades que corresponden al Gerente en el ejercicio de las competencias que el artÃculo 8.III del citado Estatuto le atribuye como propias, necesidades de gestión vinculadas al ejercicio de la actividad administrativa, aconsejan el establecimiento de un régimen de delegación de facultades del Presidente del organismo en el Gerente.

Todo ello, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En su virtud,

D I S P O N G O :

Primero. Delegación de competencias en materia de gestión presupuestaria.-Se delegan en el Subdirector General Gerente las competencias siguientes:

  1. La aprobación y compromiso de gastos, el reconocimiento de las obligaciones correspondientes y la ordenación de pagos, con cargo al presupuesto del organismo, hasta el lÃmite de 601.012,50 euros.

  2. Las facultades encomendadas al Presidente del organismo por las disposiciones vigentes en relación con el régimen de anticipos de caja fija y pagos a justificar.

  3. Las facultades de concesión de subvenciones públicas, incluidas las que se deriven del procedimiento de gestión de gastos, hasta el lÃmite de 601.012,50 euros.

  4. La autorización de las modificaciones presupuestarias para las que sea competente el Presidente del organismo.

  5. La rendición de las cuentas en los términos previstos en la legislación vigente.

    Segundo. Delegación de competencias en materia de contratación y de convenios de colaboración.-Se delegan en el Subdirector General Gerente las competencias relativas a:

  6. Las...

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