Orden ITC/640/2009, de 11 de marzo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación, en las Oficinas Económicas y Comerciales en el exterior para funcionarios del Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

MarginalBOE-A-2009-4393
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Funciones y Provisión de Puestos de Trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones Diplomáticas de España, este Ministerio acuerda convocar la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en la primera, segunda y tercera parte del anexo I de la presente Orden.

Esta convocatoria se realiza de conformidad con las siguientes bases:

Primera.-Los mencionados puestos de trabajo podrán ser solicitados exclusivamente por funcionarios pertenecientes al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Segunda.-Las solicitudes referidas a los puestos incluidos en la segunda parte del anexo I de esta convocatoria se resolverán de la siguiente forma:

  1. Los funcionarios que los ocupan en la actualidad tienen prioridad para continuar en ellos. b) Dichos funcionarios podrán solicitar cualquier puesto de la presente convocatoria, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11.1.c) del Real Decreto 2827/1998. c) En el caso de que alguno de los funcionarios que ocupan puestos de la segunda parte del anexo I vaya destinado a otro solicitado por él conforme a lo dispuesto en el apartado b) anterior, la vacante que deje será asignada entre los solicitantes de la misma, junto al resto de la convocatoria.

Tercera.-Los funcionarios que ocupan en la actualidad los puestos incluidos en la tercera parte del anexo I únicamente podrán solicitar el convocado en su misma Oficina Económica y Comercial, según lo dispuesto en el artículo 11.2.c) del citado Real Decreto 2827/1998. En caso de acceder al puesto solicitado, la vacante que deje será asignada entre los solicitantes de la misma, junto al resto de la convocatoria.

Cuarta.-Será necesario el conocimiento del inglés como idioma de trabajo. Se considerará mérito adicional el acreditado de otros idiomas de utilidad en el área de influencia de la respectiva Oficina Económica y Comercial solicitada.

Quinta.-Los interesados deberán aportar un currículum vitae actualizado y una certificación expedida por la Unidad de Personal del Ministerio donde estén destinados. En caso de estar en situación administrativa distinta de la de servicio activo, dicha certificación será expedida por el Ministerio de adscripción del Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. En ella deberá constar la relación de puestos desempeñados desde su ingreso en el Cuerpo (con las fechas de toma de posesión y cese en cada uno de los mismos) y los años de servicio prestados.

Sexta.-Las solicitudes deberán dirigirse mediante el anexo II de esta Orden a la Secretaria de Estado de Comercio, Paseo de la Castellana, 162, planta 10, Madrid, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, conforme al Artículo 10 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Funciones y Provisión de Puestos de Trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones

Diplomáticas de España. También podrán presentarse las solicitudes a través de medios telemáticos mediante la cumplimentación de los modelos normalizados y preimpresos que aparecen en la siguiente dirección de Internet: www.mityc.es, siguiendo los trámites concretos de gestión administrativa y los criterios específicos de utilización de técnicas telemáticas contenidas en el anexo III de esta convocatoria, de acuerdo con la Orden ITC/3928/2004, de 12 de noviembre (BOE del 1 de diciembre), por la que se crea un registro telemático en este Ministerio.

Séptima.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 11 de marzo de 2009.-El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, P.D. (Orden ITC/1332/2008, de 12 de marzo), la Secretaria de Estado de Comercio, Silvia Iranzo Gutiérrez.

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