RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2002, de la Dirección General de Política Comercial, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración para el desarrollo del Plan Marco de Modernización del Comercio Interior entre el Ministerio de Economía y la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

MarginalBOE-A-2002-13953
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución

Advertidos errores en el anexo de la Resolución de 13 de marzo de 2002, de la Dirección General de Política Comercial, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado' de 19 de abril, en el que se recogía el texto del Convenio de colaboración suscrito el 30 de octubre de 2001 entre el Ministerio de Economía y la Consejería de Economía y Hacienda dela Junta de Andalucía, para el desarrollo del Plan Marco de Modernización del Comercio Interior, se procede a la nueva publicación, íntegra y debidamente rectificado, del mencionado anexo, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de junio de 2002.

El Director general de Política Comercial,

Manuel Lagares Gómez Abascal.

ANEXO

Convenio de colaboración para el desarrollo del Plan Marco de Modernización del Comercio Interior celebrado entre el Ministerio de Economía y la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía

En Madrid a 30 de octubre de 2001.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don Rodrigo de Rato y Figaredo, Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía, de conformidad con las competencias atribuidas por la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, nombrado por Reales Decretos 560/2000 y 561/2000 de 27 de abril, 'Boletín Oficial del Estado' 102.

La excelentísima señora doña Magdalena Álvarez Arza, Consejera de Economía y Hacienda, de la Junta de Andalucía, en virtud del Decreto del Presidente 7/2000, de 28 de abril, actuando en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía y en virtud del Decreto 137/2000, de 16 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

Reconociéndose, en la representación que ostentan, capacidad para formular el presente Convenio,

EXPONEN

Que ante el importante cambio estructural que se ha producido en el sector de la distribución comercial en los últimos años y el previsible mantenimiento de esta tendencia en el futuro más próximo, es necesario desarrollar un marco de actuación para el fomento del sector de distribución comercial, de forma que se proporcione alas pequeños comerciantes una colaboración eficaz por parte de los poderes públicos para enfrentarse a este proceso de innovación.

El Plan Marco de Modernización del Comercio Interior, aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 12 de mayo de 1995 y su Reforma, aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión de 13 de diciembre de 1996, recogen una serie de medidas encaminadas a mejorar la competitividad del comercio minorista.

Que esta Reforma fue presentada y adoptada en la Conferencia Sectorial de Comercio, celebrada el 19 de noviembre de 1996, ya que su ejecución supondrá la adopción de un conjunto de medidas y estímulos económicos que se programarán de manera conjunta por cada Comunidad Autónoma con el apoyo de la Administración General del Estado.

Que es voluntad del Ministerio de Economía y de la Consejería de Economía y Hacienda, de la Junta de Andalucía, impulsar y potenciar la colaboración, la corresponsabilidad y la coordinación de los diferentes niveles de las Administraciones Públicas en la realización de actuaciones previstas en el Plan Marco de Modernización del Comercio Interior.

En virtud de lo expuesto, en ejecución de la competencia exclusiva del Estado...

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