RESOLUCIÓN DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 1996, de la Secretaria general tecnica, por la que se delega la Presidencia de Varios órganos colegiados interministeriales en el subdirector general de Normativa y Estudios tecnicos y analisis economico.

MarginalBOE-A-1996-20955
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

El apartado dos del artículo 2 del Real Decreto 1125/1991, de 22 de julio, de reestructuración de la Subsecretaría del entonces Ministerio de Obras Públicas y Transportes, dispone que la Presidencia de los Órganos Colegiados Interministeriales «Comisión Permanente del Hormigón», «Comisión Permanente del Cemento» y «Comisión Permanente para el Estudio y Redacción de Normas de Materiales de Construcción» corresponde al Secretario general técnico, que podrá delegarla en el Subdirector general de Normativa Técnica y Análisis Económico. Los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de reestructuración de Departamentos ministeriales, y 839/1996, de 10 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Asuntos Exteriores, de Justicia, de Defensa, de Fomento, de Educación y Cultura, de Trabajo y Asuntos Sociales, de Industria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Administraciones Públicas, de Sanidad y Consumo, y de Medio Ambiente, han venido a dotar a la Administración General del Estado de una nueva organización y de la consiguiente atribución de competencias a cada uno de los Departamentos ministeriales afectados.

Posteriormente, el Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, ha desarrollado y precisado la organización general y funciones de las Unidades de este Departamento, hasta el nivel de Subdirección General.

Como consecuencia de lo anterior, la Presidencia de los mencionados Órganos colegiados ha pasado a corresponder al Secretario general técnico del Ministerio de Fomento, manteniendo la facultad de delegar en el ahora Subdirector general de Normativa y Estudios Técnicos y Análisis Económico.

En su virtud, con el fin de simplificar las tareas administrativas y agilizar el funcionamiento de dichas Comisiones Interministeriales, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de...

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