Corrección de errores de la Orden de 14 de octubre de 1981 sobre Entidades colaboradoras para aplicación de la Reglamentación sobre Industrias de Fabricación de Hormigón Preparado.

MarginalBOE-A-1981-25974
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyCorrección
B.
O.
del
E.-Num.
269
10
novlemore
1981
26349
SANCHO
ROF
25974
los
Trabajadores
por
Cuenta
Propia
o
Autónomos
y,
consideran·
do
que
en
aquéllos
concurren·
los
requisitos
señalados
en
el
mencionado
Heal
Decreto,
se
estima
procedente
incluirlos
en
el
aludido
Hégimen
Especial.
'
En
su
virtud,
este
Ministerio.
8.
propuestf\
de
la
Dirección
General
de
Acción
Social.
ha
tenido
a
bien
disponer:
Artículo
prirnero.-Quedarán
comprendidos
con
carácter
ohli·
gatoría
en
el
campo
de
aplicación
del
Régimen
Especial
de
Tra·
bajadores
por
Cuenta
Propia. o
Autónomos,
regulado
por
el
De·
creto
253()11970.
de
20
de
~gosto.
y
Real
Decreto
2504/1980,
~e
24-
de
octubre,
los
Odontólogos
t1
Estomatólogos
que
ostenten
la
condición
de
trabajadores
por
cuenta
propia,
de
acuerdo
cOn
lo
establocido
en
las
disposiciones
anteriormente
mencionadas.
Artículo
segundo.-Los
peiíodosminimos
de
cotización
exi-
gidos
para
causar
derecho
a
las
distintas
prestaciones
del
Ré-
gi¡;nen
Especial
de
la
Seguridad
Social
de
los
Trabajadores
por.
Cuenta
Propia
o
Autónomos,
se
aplicarán
progresivamente;
según
la
forma
prevista
en
el
número
dos
del
articulo
30
del
Decreto
2530/1970.
de
20
de
agosto,
según
la
redacción
dada
·al
mismo
por
el
de
19
de
octubro
Ol:' 1912.
DlSPOSICION
FINAL
Se
faculta
a
las
Direcciones
,Generales
de
Acción
Social
y
de
JV·gii'lcn
Económico
de
la
Seguridad
Social
para
Que,
en
el
ámbito
de
sus
respectivas
competencias,
resuelvan
cuantas
cues-
tiúne~
de
carlicter
general
se
susciten
en
la
aplicación
de
la
pre-
senle
Ordan,
que
entrará
en
vigo'r alos
veinte
días
de
su
pu-
blicación
.en
el
.BoleHn
Oficial
del
Estado:..
Lo
qlle
comunico
a
V.
E. y a VV.
II
para
su
conocimiento'
y
efectos.
Dios
guarde
s.
V. E. yaVV. JI.
Madrid.
25 .de
septiembre
de
HI81.
Excmo.
c:
....
Secretario
de
Estado
para
la
Seguridad
Social
e
!lmos.
-:nf
,
Directores
generales
de
Acción
Social
y
de
Régimen
J:.'
o',
)
:licode
la
Seguridad
SociaL
.-
j
Ti
ORDEN
de 31 de
octubre
de 1981
por
la
que
se
modifica
el
procedimiento
de
provisi6n
de
vacan-
tes
del
personal
titulado
superior
no
sanitario
de
las
Instituciones
cerradas
de
la
Seguridad
Social.
elcntisimos
e
ilustrisimos
señores:
,,'
Derados·
los
criterios'
que
determinan
la
redacción
del
ar-
e
,:)
175
del
Reglamento
General
para
el
Régimen,
Gobierno
y
._
rvido
de
las
Instituciones
Sunitarias
de
la
Seguridad
So-
cial
y
con
el
fin
de
unificar
los
sistemas
de
selección
del
per-
sona:
titulado
superior
sanitario
y
no
sanitario
que
presta
sus
servicios
pr;-,tc:sionales
en
las
Instituciones,
aconsejan
hacer
extensivos
al
no
sanitario
los
concursos-
de
méritos
que
se
es-
tablecen
en
el
Estatuto.
Juridico
del
Personal
Médico
de
la
Se-
guridad
Social.
En
su
virtud.
este
Ministerio
ha
tenido
~a
bien
disponer:
Artículo
único.-:-El
artículo
175
del
Reglamento
General
para
el
Régimen,
Gobierno
y
Servicio
de
las
Institucionas
Sanitarias
de
la
Seguridad
Social,
aprobado
por
Orden
ministeriai
de
7
de
julio
de
1972
Y
modificado
por
Orden
ministerial
de
27
de
junio
de
1973,
'queda
redactado
como
sigue;
,
·Articulo
175.
En
las
Instituciones
Sanitarias
qUe
oportu-
namen:e
58
autorictl
por
la
Dirección
General
del
1hstituto
Na-
cional
de
la
Sarud,
podrá
existir
personal
titulado
superior
no
sanitario.
en
relación
con
las
caracterisUcas
de
la
Inst.itución
y
de
sus
exigencias
materiales.
Para
la
provision
de
estas
plazas
Be
estará
en
todo
a
tenor
de
10
dispuesto
en
el
vigente
Estatuto
Jurídico
d€l
Personal
Medico
de
la
Seguridad
Social,
aprobado
por
Decreto
316U/19bb.
de
23
de
diciembre
("BoleUn
Oficial
del
Estado"
número
312,
del
30),
sobre
provisión
tie
vacante~
del
personal
facultativo.
.
Este
personal
estará
vinculado
a.
la
Dirección
del
Centro,
o
si
se
relaciona
su
actividad
con
alguna
de
caracter
asistencial
o
de
servicios,
al
Jefe
del
Departamento
o
Servicio
correspon-
diente.
La
selección
de
este
personal.
con
excepción
de
los
que
ya
ton-
gan
una
regulaCión
e,:¡pecffica
en
el
Estatuto
de
Personal
no
Sa-
nitario
al
Servicio
de
las
Instituciones
Sanitarias
de
la
Segu~
ridad
Social.
de
5
de
julio
de
19.71,
será
juzgada
por
los
Tribu-
nales
constituidos
en
forma
análoga
a
la
que
se
establece
en
los
artículos
53
y
54
del
vigente
Estatuto
Jurídico
del
Personal
Médico
de
la
Seguridad
Social,
con
la
modificación
que
con-
cierne
So
la
representación
colegial,
que
se
atribuirá
a
la
que
coresponda
según
la
titulación
de
la
p,laza
objeto
de
cobertura
.•
DISPOSICION TRANSITORIA
.
""
El
personal
afectado
que,
a
la
entrada
en
vigor
de
la
pre-
sente
Orden,
viniera
prestando
sus
.servicios
en
calidad
de
con·
tratado,
podrá
adquirir
la
titularidad
de
la
plaza,
mediante
la
superación
d~l
concurso
de
méritos
restringido
que
será
convo-
cado
por
una
sola
vez,
entendiéndose
que.
aquellos
que
por
cualquier
circunstancia
no
hicieran
uso
de
este
derecho.
a
aun
haciéndolo
no
superaran
el
mencionado
concurso
de
méritos,
les
sería
respetada
su
situación
y
derechos
adquiridos
.
.
DISPOSICION
FINAL
La
presente
Orden
entrará
en
vigor
al
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado
•.
Lo
que
comunico
a
VV.
EE, Y8
VV.
11.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
aVV. EE. Yavv,
n.
muchos
años:
Madrid,
31
de
octubre
de
19B1.
SANCHO
ROF
Excmos.
Sres.
Secretario
de
Estado
para
la
Sanidad
y
Secretario
de
Estado
para
la
Seguridad
Social
e
lImos.
Sres.
secretario
general
Técnico
y
Directores
generales
del
Departamento.
DE INDUSTRIA YENERGIA
CORRECCION
de
errores
de
la
Orden
de 14
de
octubre
de
1981
sobre
Entidades
colaboradoras
para
aplicación
de
la
Reglamentación
sobre
tMustrias
'de
fabricación
de
hormigón
preparado.
Advertides
errores
en
el
texto
de
la
citada
Orden,
inserta
en
el
":Boletín
Oficial
del
Estado~
numero
253,
de
fecha
22·
de
octubre
de
1981,
se
transcriben
a
continuación
las
oportunas
rectificaciones:
En
la
última
línea
del
pá.rrafo
primero.
página
24772,
donde
dice:
....
el
cumplimiento
y
desarrollo.:.,
debe
decir:
"'
...
su
cuii'I-
plimiento
y
desarrollo.~.
En
la
misma
página,
última
línea
del
párrafo
s·::gundo.
don-
de
dice;
....,
el
cumplimiento
de
las
menciona-1as
..•.
debe
de-
cir: "'."
el
cumplimiento
continuado
de
las
m;o,ncionadas ,..
~.
n.
Autoridades
y
personal
NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES EINCIDENCIAS
25976
MINISTERIO DE DEFENSA
25975
REAL
DECRETO
264fi/1981, de 4
de
noviembre,
por
el
que
se
nombra
Director
Je
Reclutamiento
yMo-
vilización
del
Mando
.,;.uperior
de
Personal
del
Ejército
al
General
de
División
del
Ejército
don
Juan
Cano
Hevia.
Vengo
en
nombrar
Director
de
Reclutamiento
y
Movilización
del
Mando
Superior
de
Personal
del
Ejército
al
General
de-
División
del
Ejército.
grupo
.Mando
de
Armas.,
don
Juan
Cano
Hevia,
cesando
en
la
situacjón
de
disponible.
forzoso.
Dado
en
Madrid
a
cuatro
de
noviembre
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno.
JUAN
CARLOS R.
El
Minis:ro
de
Defensa,
ALBERTO
OLlARr
SAUSSOL
REAL
DECRETO
2650/1981,
de
4de
noviembre.
por
el
que
se
nombra.
Jefe
de
la
:Jivisl6n
de /nf!pcccio-
nes
Industria.les
de
ID
Dirección.
General
de
'Arma-
mento
y
Material
del
Ministerio
de
Defensa
al
-General
Inspector
Ingeniero.
de
Armamento
don
Mariano
de
Pdramo
Velasco.
Vengo
en
nombrar
Jefe
de
la
División
de
Inspecciones
In·
dustriales
de
la
Direccibn
General
de
Armamento
y
Material
del
Ministerio
'de
Defensa
al
General
Inspector
Ingeniero
de
Armamento
don
Mariano
de
Pá.ramo
Velaseo,
cesando
en
la
si-
tuación
de
disponible
forzoso.
'
Dado
en
Madrid
a
cuatro
de
noviembre
dI'
mil~lOVecientos
ochenta
y
uno,
·JUAN
CARLOS R.
El·Ministro
de
Defensa,
ALBERTO
OLlART
SAUSSOL

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