Orden AAA/32/2014, de 16 de enero, de modificación de la Orden AAA/2086/2013, de 7 de noviembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones frutícolas, comprendido en el Plan 2013 de Seguros Agrarios Combinados.

MarginalBOE-A-2014-616
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

En el «Boletín Oficial del Estado» número 272, de 13 de noviembre, se publicó la Orden AAA/2086/2013, de 7 de noviembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones frutícolas, comprendido en el plan 2013 de seguros agrarios combinados.

En el anexo III.6. Rendimientos máximos, de dicha orden, para las Comunidades Autónomas de Valencia y Murcia se incluyen, para los cultivos de melocotón, nectarina, paraguayo y platerina de recolección anterior al 10 de junio, sendos cuadros de rendimientos.

Teniendo en cuenta que la mencionada fecha del 10 de junio no se adecua a las variedades de recolección extratemprana actualmente cultivadas, con el objeto de asegurar que dichas variedades reciben coberturas adecuadas, procede modificar la citada orden.

En el anexo VI. Precios a efectos del seguro, figuran los precios para las variedades de manzana amparadas por la Indicación Geográfica Protegida «Poma de Girona».

Considerando que para producción ecológica, debe figurar en el cuadro de precios para variedades de manzana amparadas por la Indicación Geográfica Protegida «Poma de Girona», la variedad Challenger.

En su virtud, dispongo:

Artículo único

La Orden AAA/2086/2013, de 7 de noviembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones frutícolas, comprendido en el plan 2013 de seguros agrarios combinados, se modifica en los siguientes términos:

Primero.

El anexo III.6. Rendimientos máximos en las Comunidades Autónomas de Valencia y Murcia, en su primer párrafo queda redactado de la forma siguiente:

Melocotón, nectarina, paraguayo y platerina: Variedades de recolección hasta al 20 de mayo.

Segundo.

En el...

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