Orden SAS/1257/2010, de 7 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora.

MarginalBOE-A-2010-7855
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Política Social
Rango de LeyOrden

El artículo 21 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, establece el procedimiento para aprobar los programas formativos de las especialidades sanitarias en ciencias de la salud, previendo su publicación en el Boletín Oficial del Estado para general conocimiento.

La Comisión Nacional de la Especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora ha elaborado el programa formativo de dicha especialidad que ha sido ratificado por el Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, órgano asesor de los Ministerios de Sanidad y Política Social y de Educación en materia de formación sanitaria especializada.

Asimismo, dicho programa formativo ha sido estudiado, analizado e informado por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud de la que forman parte, entre otros, los consejeros de sanidad de las diversas comunidades autónomas y el Director General de Política Universitaria del Ministerio de Educación.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, previos informes de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud y del Ministerio de Educación, dispongo:

Primero.–Aprobar el programa formativo de la Especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, cuyo contenido se publica como anexo a esta Orden.

Segundo.–Dicho programa formativo será de aplicación a los residentes de la Especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora que obtengan plaza en formación en Unidades Docentes de dicha especialidad, a partir de la Orden del Ministerio de Sanidad y Política Social por la que se aprueba la convocatoria nacional de pruebas selectivas 2009 para el acceso en el año 2010 a plazas de formación sanitaria especializada.

Disposición transitoria única

A los residentes que estén cursando la Especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora por haber obtenido plaza en formación en convocatorias anteriores a la que se cita en el apartado segundo de esta Orden, les será de aplicación el programa anterior de dicha especialidad, aprobado por Resolución de 25 de abril de 1996, de la Secretaria de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia.

No obstante lo anterior, el tutor con el conocimiento de la correspondiente Comisión de Docencia y la previa aceptación del residente, podrá adaptar los planes individuales de formación al nuevo programa formativo, en la medida en que dicha adaptación sea compatible con la organización general de la unidad en la que el residente se este formando y con la situación específica de cada uno de ellos.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de mayo de 2010.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.

ANEXO. Programa oficial de la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora

  1. Denominación oficial de la especialidad y requisitos de titulación

    Cirugía Plástica, Estética y Reparadora.

    Duración: 5 años.

    Estudios previos: Graduado/Licenciado en Medicina.

  2. Definición de la especialidad y ámbito de actuación

    La Cirugía Plástica, Estética y Reparadora es una especialidad médica que se ocupa de la corrección quirúrgica de todo proceso congénito, adquirido, tumoral o involutivo, que requiere reparación o reposición de estructuras que afectan a la forma y función corporal, y que en su faceta estética trata alteraciones que sin constituir en si mismas un proceso patológico, provocan un deterioro de la salud en la medida que interfieren en el bienestar físico y psíquico de las personas.

    La Cirugía Plástica, Estética y Reparadora emplea criterios y parámetros de proporcionalidad y armonía corporal, aplicando técnicas propias que se fundamentan en la movilización de tejidos (plastias), en su modificación (mediante resección, utilización de material aloplástico, etc.) y en el transplante (autólogo, homólogo o heterólogo).

    El campo de acción de la especialidad abarca, principalmente, los siguientes ámbitos:

    1. Corrección quirúrgica de las malformaciones congénitas de la región cráneo-cérvico-facial, así como de otras regiones que exijan reconstrucción o remodelación de tejidos óseos o de partes blandas.

    2. Tratamiento de las quemaduras y sus secuelas.

    3. Tratamiento de todas aquellas patologías que para su corrección quirúrgica requieran técnicas de reconstrucción anatómica, funcional y remodelación de estructuras, en cualquier territorio anatómico.

    4. Tratamiento médico-quirúrgico de los tumores de la piel, partes blandas y óseas que requieran técnicas de extirpación y reconstrucción.

    5. Cirugía de la mano.

    6. Cirugía estética.

    Los ámbitos de actuación de la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora se inscriben en el marco de los principios de interdisciplinariedad y multidisciplinariedad de los equipos profesionales en la atención sanitaria que consagra la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

    La Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, es una especialidad reconocida en todos los países de la Unión Europea que se encuentra en constante progreso, desarrollo y evolución. Por lo que la formación en esta especialidad tiene el objetivo de enseñar y entrenar a los médicos residentes durante un período de cinco años para que al final del programa formativo alcancen un nivel de conocimientos, habilidades prácticas y actitudes que les capacite para el desempeño actualizado de la especialidad con la garantía de eficacia y seguridad que la sociedad les requiere. Así mismo, este programa formativo debe sentar las bases para que el especialista sepa abordar un proceso permanente de aprendizaje y actualización de sus competencias según el estado de la ciencia en cada momento.

  3. Competencias básicas del especialista en cirugía plastica estética y reparadora

    Al final del período formativo el residente tiene que haber adquirido, como mínimo, las competencias básicas necesarias para llevar a cabo, las siguientes actividades/procedimientos que se consideran los más frecuentes/significativos en el ejercicio de la especialidad:

    3.1 Tratamiento de las heridas.

    3.2 Tomas y aplicación de injertos cutáneos, dérmicos, grasos, tendinosos, cartilaginosos, nerviosos, óseos y compuestos.

    3.3 Obtención y aplicación de colgajos pediculados, colgajos musculares, musculocutáneos y fasciocutáneos y basados en perforantes. Tratamiento médico-quirúrgico de las pérdidas de sustancia cutánea.

    3.4 Extracción de tejidos y homoinjertos.

    3.5 Aplicaciones de endoprótesis en los diferentes campos de la Cirugía Plástica. Aplicaciones de la expansión tisular.

    3.6 Tratamiento de las úlceras.

    3.7 Tratamiento quirúrgico de los trastornos del sistema linfático periférico.

    3.8 Tratamiento médico quirúrgico de las quemaduras y sus secuelas.

    3.9 Tratamiento quirúrgico de los tumores cutáneos y de partes blandas.

    3.10 Valoración general y tratamiento quirúrgico de las malformaciones de la región cráneocervicofacial.

    3.11 Valoración y tratamiento de las heridas de la cara.

    3.12 Valoración y tratamiento de las fracturas de la cara.

    3.13 Valoración y tratamiento de las secuelas postraumáticas faciales.

    3.14 Valoración y tratamiento quirúrgico de la reanimación facial.

    3.15 Tratamiento de los faringostomas y traqueostomas.

    3.16 Tratamiento de los defectos congénitos y adquiridos de la pared toraco-abdominal.

    3.17 Cirugía reconstructiva de la mama.

    3.18 Cirugía plástica de la mama.

    3.19 Cirugía estética de la mama.

    3.20 Tratamiento quirúrgico de las malformaciones congénitas del aparato genital masculino (hipospadias, epispadias, extrofias vesicales).

    3.21 Tratamiento quirúrgico de las malformaciones congénitas del aparato genital femenino.

    3.22 Tratamiento quirúrgico de la reasignación sexual.

    3.23 Tratamiento de las malformaciones congénitas de la mano.

    3.24 Tratamiento de los traumatismos de la mano.

    3.25 Tratamiento de las secuelas postraumáticas e infecciones de la mano.

    3.26 Tratamiento de los tumores de la mano.

    3.27 Cirugía reconstructiva del pulgar.

    3.28 Tratamiento de la enfermedad de Dupuytren.

    3.29 Tratamiento quirúrgico de la mano reumática.

    3.30 Cobertura del miembro inferior.

    3.31 Tratamiento de la úlceras por decúbito.

    3.32 Reimplante y autotrasplante de miembros.

    3.33 Tratamiento quirúrgico de las deformidades funcionales y estéticas de la pirámide nasal. Rinoplastia. Rinoseptoplastia.

    3.34 Tratamiento quirúrgico de las alteraciones del perfil facial, perfiloplastias.

    3.35 Tratamiento quirúrgico del envejecimiento facial y corporal.

    3.36 Tratamiento quirúrgico de las deformidades y alteraciones estéticas de la región auricular.

    3.37 Tratamiento quirúrgico de las deformidades y alteraciones estéticas de la región orbitopalpebral.

    3.38 Tratamiento quirúrgico de las deformidades y alteraciones estéticas de la región mamaria.

    3.39 Cirugía del contorno corporal.

    3.40 Lipoaspiración. Técnicas afines y complementarias no quirúrgicas de remodelación y relleno.

    3.41 Cirugía Plástica y Estética del cuero cabelludo y sistema pilo-sebáceo.

    3.42 Tratamiento con técnicas microquirúrgicas en Cirugía Plástica.

    3.43 Tratamiento médico y quirúrgico con láser.

  4. Características y esquema general del programa formativo

    La formación por el sistema de residencia en la especialidad de Cirugía Plástica Estética y Reparadora se sustenta en la acción práctica, complementada con una formación teórica, a través de una metodología que favorezca el aprendizaje activo del residente.

    A lo largo de la formación, el residente contará con la figura imprescindible y definida del tutor que deberá ser un Especialista en Cirugía...

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