Circular 3/1983, de 5 de marzo, de la Dirección General del Ente Público Radiotelevisión Española, sobre delegación de atribuciones en la Secretaría General de dicho Ente.
Marginal | BOE-A-1983-9700 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia del Gobierno |
Rango de Ley | Circular |
Mediante Circular de 27 de agosto de 1982, esta Dirección General procedió a delegar parte de sus atribuciones en la Secretaría General del ente público Radiotelevisión Española, haciendo así realidad los principios de desconcentración y descentralización que el vigente Estatuto de la Radio y la Televisión establece, en aras de lograr mayor celeridad, economía y eficacia en la prestación de los servicios públicos encomendados.
La reciente reorganización de servicios del ente público Radiotelevisión Española exige adecuar el contenido de aquella delegación de atribuciones a la nueva estructura orgánica.
Esta Dirección General del ente público Radiotelevisión Española ha resuelto:
Primero.- Se delega expresamente, con carácter general y por tiempo indefinido, en favor del Secretario general del ente público Radiotelevisión Española, la competencia originaria de esta Dirección General para el conocimiento o resolución de los siguientes asuntos:
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Contratos de obras, suministros, prestación de servicios y, en general, cualesquiera negocios jurídicos de cuya elaboración conocen la Mesa de Contratación o la Junta de Compras de Radiotelevisión Españo)a, de conformidad con las disposiciones internas vigentes al respecto, y cuya cuantía no exceda de 20.000.000 de pesetas.
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Modificación de cláusulas de contratos vigentes sobre obras, suministros y prestación de servicios.
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Revisión de rentas de arrendamientos urbanos en que Radiotelevisión Española figure como arrendatario, cuya cuantía no exceda de 25.000.000 de pesetas.
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Aplicación de las fianzas y los depósitos de los contratos cumplidos o resueltos, incluida la devolución de tales garantías.
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Pena)idades a aplicar por demora en el cumplimiento de los contratos.
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Expedientes de exención de pago de impuestos y, en general, tributos, gravámenes o cargas fiscales o parafiscales de cualquier indole.
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Expodientes administrativos ante los órganos de la Administración del Estado y de las Administraciones Autonómicas, Institucionales y Locales.
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Pliegos de cláusulas particulares que han de regir en los concursos y adjudicaciones directas de contrataciones del ente público Radiotelevisión Española.
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Recursos, reclamaciones e incidencias formuladas por los contratistas relativas a adjudicaciones de contratos.
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Autorización definitiva de gastos y pagos sobre conceptos presupuestarios cuya gestión está atribuida a la Secretaría General y a sus diversos órganos.
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Conformar cuentas rendidas de pagos...
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