Circular número 8/1993, de 28 de junio, sobre operaciones con billetes y efectos. Cuentas de no residentes abiertas en España. Entidades registradas.

MarginalBOE-A-1993-17451
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyCircular

OPERACIONES CON BILLETES Y EFECTOS

Cuentas de no residentes abiertas en España Entidades registradas

El Real Decreto 42/1993, de 15 de enero, desarrollado por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 2 de febrero de 1993 y la Resolución de la Dirección General de Transacciones Exteriores de 3 de febrero de 1993, suprime la obligación de declarar a los viajeros residentes o no residentes, la introducción en territorio nacional de moneda metálica, billetes de banco o cualesquiera otros medios de pagos o instrumentos de giro o crédito cifrados en pesetas o en moneda extranjera, quedando, por tanto, dicha entrada libre de la cumplimentacion del modelo B-1, salvo en determinados supuestos.

Con objeto de acomodar la Circular 3/1992, de 15 de enero, en materia de compraventa de billetes contra entrega de otros billetes, al contenido liberalizador de dicho Real Decreto que afecta a los viajeros no residentes, y sin perjuicio de las obligaciones que vinculan a las entidades en materia de identificación de sus clientes y de seguimiento atento de las operaciones efectuadas por los mismos, el Banco de España ha dispuesto:

Norma única.

Los apartados tres y cuatro de la norma sexta de la Circular 3/1992, de 15 de enero, quedan redactados como sigue:

y 7.

de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1991 y la Resolución de 7 de enero de 1992 (en su nueva redacción dada por la Resolución de 3 de febrero de 1993). Sin la...

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