Circular 8/92, de 15 de septiembre, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre presentación de declaraciones sumarias por procedimientos informáticos.
Marginal | BOE-A-1992-22497 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Circular |
Los artículos 59 y siguientes de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas (Decreto de 17 de octubre de 1947) recogen las disposiciones relativas al Manifiesto como documento comprensivo de toda la carga que conduce un buque, tanto venga su cargamento en tránsito, transbordo, para depósito o para inmediato despacho a consumo.
La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 7 de abril de 1988 (
El Reglamento CEE número 4.151/88, del Consejo, de 21 de diciembre de 1988 (
El Reglamento CEE número 1.214/92, de la Comisión, de 21 de abril de 1992 (
Tanto el artículo 2., apartado 2.3, de la Orden ministerial de 7 de abril de 1988, como el artículo 9.4 del Reglamento 4.151/88, prevén la posibilidad de que el Manifiesto se presente ante las autoridades aduaneras mediante procedimientos informáticos, previa autorización de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales.
La necesidad de actualizar los procedimientos de admisión y tratamiento de la documentación aduanera, de forma que se agilice el tráfico comercial marítimo y aéreo y se consiga un control eficaz global de las mercancías y medios de transporte, aconseja desarrollar la posibilidad de autorizar a los operadores competentes para la tramitación de los...
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