Circular 3/2016, de 20 de abril, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica la Circular 7/2011, de 12 de diciembre, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos-tipo.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Mayo de 2016
MarginalBOE-A-2016-4142
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyCircular

Uno de los objetivos de la Circular 7/2011, de 12 de diciembre de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos-tipo, era facilitar la comparabilidad de las comisiones y gastos máximos a cobrar por las entidades prestadoras de servicios de inversión (ESI, SGIIC, Entidades de Crédito) por los inversores. Para ello, se concretaron las bases de cálculo y conceptos de algunas de las operaciones más habituales que se prestan a los clientes minoristas, como intermediación en mercados nacionales y extranjeros, custodia y administración de instrumentos financieros (en la que se incluye el traspaso de valores negociables a otra entidad), gestión de carteras y asesoramiento en materia de inversión.

La estandarización llevada a cabo ha posibilitado la realización de análisis sobre las tarifas de comisiones contenidas en la parte fija de los folletos (que recoge las tarifas aplicables a las operaciones más habituales que se prestan a los clientes minoristas), así como su comparabilidad por parte de los inversores. Las conclusiones extraídas de dichos análisis, junto con la información obtenida de las reclamaciones de los inversores presentadas ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, llevan a la conclusión de que existen ineficacias en determinadas situaciones relacionadas con las tarifas de comisiones fijadas por las entidades para el traspaso de valores y que, en consecuencia, la Circular citada no ha logrado plenamente sus objetivos en relación a esta particular tarifa.

La elevada cuantía en algunos casos de las tarifas comunicadas por las entidades para la mencionada comisión, con importes de hasta 5.000 euros por clase de valor traspasado, así como su heterogeneidad, indica que no se ajustan al principio de proporcionalidad con la calidad del servicio prestado, pudiendo en algunos casos llegar a dificultar la competencia, al retener a los clientes que no estén dispuestos a asumir un elevado coste por el traspaso.

Esta desproporción también se aprecia si se compara, para una cartera tipo, el coste que tendría que soportar el cliente por los servicios de intermediación, custodia y traspaso de valores. Así, es muy habitual que, el coste por traspaso de la cartera para el inversor supere en varias veces el coste que implicaría su venta (en los casos más extremos la comisión de traspaso equivale a 50 veces el coste que supondrían las comisiones de venta de la cartera). Lo mismo ocurre si se compara la comisión por traspaso con la de custodia, donde son generalizadas las tarifas en las que el coste del traspaso equivaldría a varias veces la comisión de custodia anual (en algún caso supondrían el coste de la custodia durante más de 40 años). Tales circunstancias carecen de...

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