REAL DECRETO 1420/2001, de 17 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2001.

MarginalBOE-A-2002-217
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyReal Decreto

La Ley 4/ 1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal, y su desarrollo reglamentario, aprobado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, establecen que los Ayuntamientos deben remitir, por medios informáticos o telemáticos, las variaciones mensuales que se vayan produciendo en los datos de sus Padrones municipales al Instituto Nacional de Estadística para que éste, en cumplimiento de las obligaciones que le impone el artículo 17.3 de la citada Ley de Bases, realice las comprobaciones oportunas en aras a subsanar posibles errores y duplicidades.

Efectuadas dichas comprobaciones, el Instituto Nacional de Estadística ha obtenido una cifra de población para cada municipio, que ha utilizado para contrastar con los resultados numéricos de la revisión anual enviados por los Ayuntamientos según lo establecido en el artículo 81 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y, cuando no se ha llegado a alcanzar un acuerdo, ha sometido al Consejo de Empadronamiento para su informe, de acuerdo con el artículo 82.1 del citado Reglamento, las discrepancias con la cifra de población aprobada por los Ayuntamientos.

El Consejo de Empadronamiento, en cumplimiento de las funciones que le atribuyen el artículo 17.4 de la Ley de Bases y el artículo 85 del Reglamento de Población, ha informado sobre las discrepancias entre los Ayuntamientos y el Instituto Nacional de Estadística, así como sobre la propuesta de cifras oficiales de población de los municipios españoles que eleva al Gobierno la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística para su aprobación.

En su virtud, con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento, a propuesta del Ministro de Economía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de diciembre de 2001, dispongo:

Artículo 1

Se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión padronal referida al 1 de enero de 2001, con efectos del 31 de diciembre de 2001, en cada uno de los municipios españoles.

Artículo 2

El Instituto Nacional de Estadística procederá a la publicación de las cifras de población oficiales de cada uno de los municipios españoles, cuyo resumen provincial y por Comunidades Autónomas, junto con las poblaciones correspondientes a las capitales de provincia e islas, figuran en el anexo del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 17 de diciembre de 2001.

Juan Carlos R.

El Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de

Economía,

Rodrigo de Rato y Figaredo.

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