Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de Introducción a la Investigación para estudiantes universitarios, en el marco del Programa 'Junta para la Ampliación de Estudios'.

MarginalBOE-A-2010-1807
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

1807 Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal

Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de Introducción a la Investigación para estudiantes universitarios, en el marco del Programa «Junta para la Ampliación de Estudios».

La Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, ha resuelto convocar becas destinadas a alumnos matriculados en los cursos intermedios de carrera, en Facultades y Escuelas Técnicas Superiores Universitarias. Las becas se convocan en el marco del Programa «Junta para la Ampliación de Estudios» (Programa JAE), regulado según las bases de la Resolución de 16 de julio de 2007, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 3 de agosto de 2007. Esta convocatoria tiene como objetivos dar a conocer a estudiantes interesados en seguir una carrera investigadora, las posibilidades que ofrecen los Centros e Institutos del CSIC en las diferentes áreas científicas y propiciar que se inicien en el conocimiento de los problemas científico-técnicos de actualidad y los métodos utilizados para resolverlos y que se regirá por las normas que a continuación se detallan:

Normas de la convocatoria

  1. Objeto de la convocatoria.

    La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 350 becas de Introducción a la Investigación para alumnos que estén realizando el penúltimo o antepenúltimo curso de una carrera Universitaria de grado superior. Las becas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad. El plan de trabajo de estas becas se desarrollará en los Centros o Institutos, propios o mixtos, del CSIC, bajo la dirección de los investigadores de su plantilla o pertenecientes a los Centros mixtos.

  2. Plazo de solicitud.

    El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE de esta Resolución.

  3. Solicitantes.

    Podrán solicitar las becas objeto de la presente convocatoria los españoles, los nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea y los extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Tener aprobadas asignaturas por un número de créditos comprendido entre un mínimo del 35% y un máximo del 75% de la totalidad de los créditos necesarios para obtener la titulación de los estudios universitarios en curso. En el caso de titulaciones divididas en ciclos, el número total de créditos de la titulación será la suma de los correspondientes a ambos ciclos. Si el plan de estudios de la Universidad contempla que el acceso a la titulación superior pueda realizarse desde una titulación de grado medio cursada en la misma o en distinta Universidad, el número total de créditos necesarios para obtener la titulación se calculará como la suma de los créditos necesarios para superar los estudios de grado medio más los necesarios para superar el ciclo superior.

    2. Estar matriculado durante el curso 2009-2010 en una Facultad o Escuela Técnica Superior Universitaria en asignaturas que sumen un número total de créditos igual o superior a 50.

    El número total de créditos en que esté matriculado o pueda matricularse el solicitante durante el curso 2009-2010, sumado al número de créditos que tenga aprobados en la fecha de solicitud de la beca, deberá ser inferior al número total de créditos requeridos para obtener la titulación. c) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero Superior o Arquitecto. d) Haber obtenido una nota media igual o superior a 1,50 para alumnos de Escuelas Técnicas Superiores y a 2 para alumnos del resto de enseñanzas, después de aplicar el siguiente baremo: Aprobado=1, Notable=2, Sobresaliente=3 y Matrícula de Honor=4. El cálculo de la nota media se hará sobre las calificaciones de la totalidad de créditos aprobados desde el inicio de los estudios hasta la fecha de realización de la solicitud. e) No estar incapacitado físicamente ni padecer...

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