ORDEN CTE/1388/2002, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de acciones especiales en el marco de algunos programas nacionales del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003, entre otras: Participación en programas internacionales, creación de redes temáticas, organización de congresos, seminarios y jornadas, estudios del sistema de ciencia-tecnología-empresa y acciones de política científico-tecnológica.

MarginalBOE-A-2002-11407
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyOrden

ORDEN CTE/1388/2002, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de acciones especiales en el marco de algunos programas nacionales del Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003, entre otras: Participación en programas internacionales, creación de redes temáticas, organización de congresos, seminarios y jornadas, estudios del sistema de ciencia-tecnologÃa-empresa y acciones de polÃtica cientÃfico-tecnológica.

El Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica para el perÃodo 2000-2003, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de noviembre de 1999, prevé diversas modalidades de participación, entendidas como mecanismos que la legislación provee para que los agentes ejecutores de las actividades de I+D+l puedan acceder a la financiación de sus actividades y contribuir a la vertebración del sistema español de Ciencia-TecnologÃa-Empresa. En este contexto, se considera que las acciones especiales, objeto de esta Orden, son el mecanismo apropiado para la realización de actuaciones concretas que complemenlan al resto de modalidades previstas en el Plan, en especial a la de proyectos del+D.

Esta convocatoria, de acuerdo con los objetivos definidos en el Plan Nacional, pretende promover acciones dentro de los Programas Nacionales de I+D y propiciar la participación de los grupos de investigación españoles en programas internacionales de cooperación cientÃfica, con especial referencia al Programa Marco de I+D de la Unión Europea. También se incluye aquà la realización de actuaciones especÃficas que aseguren el adecuado funcionamiento de las grandes instalaciones cientÃficas y tecnológicas de carácter estatal asà como el fomento y apoyo a la participación española en grandes instalaciones, organismos o programas de carácter internacional de cooperación cientÃfica y tecnológica. Quedan fuera de esta convocatoria las ayudas para actuaciones en el marco del Programa Nacional de Difusión cuya gestión ha sido encomendada a la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologÃa.

Dado que la realización de las acciones reseña las en esta Orden contribuye al desarrollo regional, las ayudas contempla las en esta convocatoria se cofinanciarán, en su caso, con recursos procedentes de Fondos Estructurales de Desarrollo Regional (FEDER).

De conformidad con lo anterior se hacen públicas las bases y la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de acciones especiales en el marco de algunos Programas Nacionales del Plan Nacional de I+D+l 2000-2003.

En su virtud, dispongo:

Primero.

-Objeto.

  1. El objeto de la presente Orden es regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicitad, objetividad y competitividad, de ayudas financieras para la realización de acciones especiales en el marco de los Programas Nacionales del Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2000-2003) que se relacionan a continuación:

    1. Promoción General del Conocimiento.

    2. AstronomÃa y AstrofÃsica.

    3. FÃsica de partÃculas y grandes aceleradores.

    4. Fusión Termonuclear.

    5. Biomedicina.

    6. BiotecnologÃa.

    7. Diseño y Producción Industrial.

    8. Materiales.

    9. Procesos y Productos QuÃmicos.

    10. Recursos Naturales.

    11. Recursos y TecnologÃas Agroalimentarias.

      1) TecnologÃas de la Información y las Comunicaciones.

    12. SocioeconomÃa.

    13. Espacio.

      Segundo.

      Beneficiarios.

      1 Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro y los centros tecnológicos.

  2. A estos efectos se entiende por:

    1. Centro público de I+D: Las Universidades públicas, los Organismos Públicos de Investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986 y, en general, cualquier centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.

    2. Centro privado de I+D sin ánimo de lucro: Las Universidades y otras entidades privadas, con personalidad jurÃdica propia y sin ánimo de lucro, con capacitad y actividad demostradas en acciones de I+D, que estén dotados de sistema de contabilidad analÃtica.

    3. Centro tecnológico: Los Centros de Innovación y TecnologÃa reconocidos y registrados como tales por la Comisión Interministerial de Ciencia y TecnologÃa según el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre, que estén dotados de sistema de contabilidad analÃtica.

      Tercero.

      -Tipos de acciones especiales.

      Se consideran acciones especiales:

    4. La participación de los grupos españoles en programas internacionales de cooperación cientÃfica, con especial referencia al Programa Marco de I+D de la Unión Europea. El objetivo es fomentar la colaboración y cooperación de los grupos de investigación españoles con grupos de otros paÃses, asà como concurrir a los fondos de los programas internacionales, financiando actuaciones relaciona las con la promoción y difusión de dichos programas, con la búsqueda de socios de otros paÃses y con la preparación de propuestas. Asimismo se contemplan las ayudas complementarias para los proyectos aprobados con cargo a programas especÃficos del V y VI Programas Marco de I+D de la Unión Europea o de otros programas internacionales.

    5. La creación de redes temáticas de carácter cientÃfico técnico. El objetivo es facilitar el intercambio y la transferencia de conocimientos entre los grupos de los distintos agentes del sistema de ciencia-tecnologÃa-empresa, de manera que se fomente la cooperación entre ellos para propiciar la creación de redes de excelencia y se mejore la coordinación entre las infraestructuras cientÃfico-tecnológicas, asà como la vertebración de las comunidades cientÃficas de cara al Espacio Europeo de Investigación.

    6. La creación, mejora o consolidación de bancos de tejidos y materiales biológicos con fines de investigación, asà como de bases de latos de interés genómico o proteómico, siempre que se contemple el acceso a los mismos de la comunidad cientÃfico tecnológica y, preferentemente, cuando se organicen en red, atendiendo a las necesidades de los usuarios y a una gestión más eficaz de los recursos.

    7. La organización de congresos, seminarios y jornadas. El objetivo es fomentar la cooperación entre los diversos grupos españoles que trabajen en un área determina la, asà como de los grupos españoles con grupos de otros paÃses. Tendrán prioridad los congresos, seminarios y jornadas de carácter internacional, especialmente los de alto nivel cientÃfico.

    8. La realización de actividades de especial interés abordo del buque oceanográfico Hespérides en sus tránsitos, asà como, solicitudes de oportunidad a desarrollar en la Antártida.

    9. El desarrollo de estudios relativos al sistema de ciencia-tecnologÃa-empresa que permitan profundizar en el conocimiento y análisis de los diversos aspectos del mismo. El objetivo es la realización de trabajos de análisis y prospectiva relacionados con las lÃneas prioritarias de la polÃtica de investigación cientÃfica, desarrollo e innovación tecnológica financia las por el sector público. Incluye también la realización de trabajos de análisis y evaluación relacionados con el sistema español y las actividades de seguimiento y evaluación del Plan Nacional en su conjunto, asà como de sus áreas prioritarias y modalidades de participación.

    10. Las acciones de polÃtica cientÃfico-tecnológica. El objetivo es atender las acciones de polÃtica cientÃfico-tecnológica de especial urgencia o interés y cualesquiera otras que por...

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