Acuerdo de 16 de noviembre de 2011, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en relación con la adaptación del Sistema CIFRADOC/CNMV a los servicios de certificación y firma electrónica reconocida y se crea el Registro Telemático de la CNMV.

MarginalBOE-A-2011-19081
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComision Nacional del Mercado de Valores
Rango de LeyAcuerdo

El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, CNMV) adoptó el Acuerdo de 15 de septiembre de 2006, en relación con la adaptación del Sistema CIFRADOC/CNMV (creado mediante Acuerdo del Consejo de la CNMV de 11 de marzo de 1998) a los servicios de certificación y firma electrónica reconocida y se crea el Registro Telemático de la CNMV.

El Sistema CIFRADOC/CNMV ha permitido a la CNMV implementar un sistema de cifrado y firma electrónica basado en los principios de autenticidad, confidencialidad y conservación, entre otros, de los datos que se transmitían por vía telemática y facilitaba la tramitación de determinados procedimientos y la recepción de informaciones que, conforme a la Ley del Mercado de Valores, debían remitir los sujetos obligados.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, contiene, en sus artículos 24, 25 y 26, una nueva regulación de los registros electrónicos, preceptos que son desarrollados por el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la citada Ley y regula las condiciones de su funcionamiento.

El Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, determina específicamente en el artículo 27.1 que los registros electrónicos se crearán mediante Orden del Ministro correspondiente o Resolución del titular del Organismo Público, determinando...

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