INSTRUMENTO de Ratificación del Convenio de Adhesión del Reino de España al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, en carácter de socio extrarregional, hecho en Madrid el 5 de marzo de 2004.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Febrero de 2003
MarginalBOE-A-2005-1899
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyInstrumento de Ratificación del Convenio

INSTRUMENTO de Ratificación del Convenio de Adhesión del Reino de España al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, en carácter de socio extrarregional, hecho en Madrid el 5 de marzo de 2004.

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

Por cuanto el día 5 de marzo de 2004, el Plenipotenciario de España, nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en Madrid el Convenio de Adhesión del Reino de España al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, en carácter de socio extrarregional, adoptado en el mismo lugar y fecha, Vistos y examinados el Preámbulo y los tres artículos que integran dicho Convenio, Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, Vengo en aprobar y ratificar cuanto en el mismo se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Dado en Madrid, el 1 de diciembre de 2004.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, MIGUEL ÁNGEL MORATINOS CUYAUBÉ

CONVENIO DE ADHESIÓN DEL REINO DE ESPAÑA AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA, EN CARÁCTER DE SOCIO EXTRARREGIONAL

REUNIDOS Por una parte, El Reino de España, en su nombre el Vicepresidente Primero y Ministro de Economía, Excmo. Sr. D. Rodrigo de Rato y Figaredo, cuya representación y específica autorización para la válida y efectiva realización de este acto acredita por exhibición del correspondiente Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 27 de febrero de 2004.

Por otra, El Banco Centroamericano de Integración Económica, persona jurídica de carácter internacional, con sede en la ciudad de Tegucigalpa,República de Honduras, representado en este acto por el señor Harry Brautigam Ortega, en su condición de Presidente Ejecutivo y representante legal, debidamente electo a través de la Resolución de Asamblea de Gobernadores núm. AG-9/2003, de fecha 27de junio de 2003.

Ambas partes, y en su representación las autoridades mencionadas, reconociéndose mutuamente competencia y capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, MANIFIESTAN

Primero. Que las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua suscribieron el Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el 13 de diciembre de 1960, al cual se adhirió posteriormente la República de Costa Rica. El Banco Centroamericano de Integración Económica, de conformidad con dicho Convenio, tiene por objeto promover la integración económica y el desarrollo económico y social equilibrado de los países fundadores.

Segundo. Que el Banco Centroamericano de Integración Económica, durantesus cuarenta y tres años de existencia, ha contribuido notablemente al desarrollo económico y social de la región centroamericana, así como al proceso de integración de los países centroamericanos, y cuya gestión, por su idoneidad, ha sido reconocida por la Comunidad Financiera Internacional.

Tercero. Que el Reino de España y los países miembros fundadores del Banco Centroamericano de Integración Económica han mantenido relaciones de cooperación y el Reino de España tiene interés en estrechar aún más dichas relaciones, a través de programas de desarrollo e integración de Centroamérica.

Cuarto. Que el Banco Centroamericano de Integración Económica, tomando en cuenta la evolución de la economía internacional y la conveniencia de ampliar labase financiera de la Institución para poder hacer frente a los cuantiosos y urgentes proyectos de desarrollo de cada uno de los países de la región centroamericana, consideró como vía más apropiada la incorporación de otros países miembros extrarregionales, que con su participación coadyuven a fortalecer financiera e institucionalmente al Banco. Para este propósito las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica suscribieron el 2 de septiembre de 1989 el Protocolo deReformas a dicho Convenio, que permite la incorporación de países de fuera de la región centroamericana al Banco Centroamericano de Integración Económica.

Quinto. Que dicho Protocolo de Reformas fue ratificado por los países centroamericanos y entró en vigor el 20 de enero de 1992, al haberse depositado el quinto instrumento de ratificación en la Secretaría General de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA). En tal virtud, los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de China, Argentina y Colombia se han incorporado al Banco Centroamericano de Integración Económica como Socios Extrarregionales.

Sexto. Que a través de la Resolución de Asamblea de Gobernadores núm. AG-1/98, de 31 de marzo de 1998, se aprobaron reformas adicionales al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, que entraron en vigor el 6 de febrero de 2003, al haber sido aprobadas según la legislación interna de los países miembros, de conformidad con el procedimiento establecido en la mencionada Resolución.

Séptimo. Que el Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, tal como se encuentra vigente, permite la adhesión del Reino de España, en carácter de Socio Extrarregional, al amparo del artículo 35, literal a), de dicho Convenio.

Octavo. Que el Consejo de Ministros del Reino de España, en su reunión del día 27 de febrero de 2004, autorizó la firma del presente convenio de adhesión de España al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, a reserva de la obtención de la oportuna autorización del órgano legislativo, como exige el ordenamiento jurídico del Estado, otorgando a su vez plenos poderes al Ministro de Economía del Gobierno español para la extensión de su firma en el correspondiente documento redactado al efecto.

Por lo tanto, ambas partes acuerdan:

ARTÍCULO I

La adhesión del Reino de España, como miembro extrarregional, al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, según el texto vigente que se deriva del convenio de ese nombre, suscrito en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, el día 13 de diciembre de 1960; del Protocolo de Reformas al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, suscrito en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, el día 2 de septiembre de 1989, y de las Modificaciones al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica aprobadas por la Asamblea de Gobernadores del Banco mediante Resolución núm. AG-1/98, de 31 de marzo de 1998.

ARTÍCULO II

Suscribir el Estado español, mediante su incorporación, acciones del Banco Centroamericano de Integración Económica hasta por un monto de doscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200.000.000), de los cuales pagará en efectivo el veinticinco por ciento (25%), equivalente a cincuenta millones de dólares (US$ 50.000.000), hasta en cuatro cuotas anuales, iguales y consecutivas, pagando la primera cuota dentro de los treinta días posteriores a la fecha en que entre en vigor el presente Instrumento de Adhesión. El setenta y cinco por ciento (75%) restante del capital suscrito será capital exigible.

ARTÍCULO III

El presente Acuerdo de Adhesión al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica será sometido a ratificación de conformidad con las normas constitucionales y legales vigentes en el Reino de España y entrará en vigor una vez que se cumplan todos los requisitos legales exigibles de conformidad con lo previsto por el ordenamiento jurídico interno español, y así se comunique formalmente, dicho cumplimiento, a la otra parte por el representante debidamente autorizado del Gobierno de España.

Se suscribe en la ciudad de Madrid a los cinco días del mes de marzo de 2004.

Por el Reino de España,

Excmo. Sr. D. Rodrigo Rato y Figaredo,

Vicepresidente Primero del Gobierno de España y Ministro de Economía

Por el Banco Centroamericano de Integración Económica,

Excmo. Sr. D. Harry Brautigam Ortega, Presidente Ejecutivo CERTIFICACIÓN

El infrastricto, Secretario del Banco Centroamericano de Integración Económica, Considerando:

Que el texto vigente del 'Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Intetración Económica' se deriva del convenio de ese nombre, suscrito por los países centroamericanos en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, el día 13 de diciembre de 1960; del 'Protocolo de Reformas al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE)', suscrito en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, el día 2 de septiembre de 1989, y de las modificaciones al Convenio Constitutivo del BCIE aprobadas por la Asamblea de Gobernadores del Banco mediante Resolución AG-1/98, de 31 de marzo de 1998.

Que, de conformidad con el procedimiento establecido en la cláusula quinta de la Resolución AG-1/98 destinado a aprobar las modificaciones según la legislación interna de los países miembros del Banco, las modificaciones al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica decididas mediante Resolución AG-1/98 entraron en vigencia, para todos los miembros, el 6 de febrero de 2003.

Que el texto que se transcribe a continuación, con la rúbrica y sello del Secretario...

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