Orden ITC/4024/2004, de 16 de noviembre, por la que se concede autorización de explotación a la Central Nuclear Trillo I (Guadalajara).

MarginalBOE-A-2004-20739
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN ITC/4024/2004, de 16 de noviembre, por la que se concede autorización de explotación a la Central Nuclear Trillo I (Guadalajara).

Por Orden del Ministerio de Industria y Energía de fecha 17 de noviembre de 1999, se otorgó a las entidades 'Unión Fenosa Generación, Sociedad Anónima', 'Iberdrola, Sociedad Anónima', 'Hidroeléctrica del Cantábrico, Sociedad Anónima' y 'Nuclenor, Sociedad Anónima', una renovación del Permiso de Explotación de la Central Nuclear Trillo I, por un período de validez de cinco años a partir de esa fecha.

Con un año de antelación a la expiración del Permiso vigente, en cumplimiento de lo establecido en dicha Orden, con fecha 14 de noviembre de 2003 se recibió en el Ministerio de Economía, la instancia del Director General de Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, A.I.E., en nombre y representación de las compañías propietarias de Central Nuclear Trillo, solicitando una renovación de la Autorización de Explotación por un período de diez años para dicha central, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas. A esta solicitud se acompañaba información sobre el cumplimiento de los límites y condiciones impuestos en la referida Orden de 17 de noviembre de 1999, así como la reevaluación de la seguridad y de la protección radiológica de la central, conocida como Revisión Periódica de la Seguridad.

Durante el período de vigencia del Permiso que ahora vence, el Consejo de Seguridad Nuclear ha realizado un seguimiento y supervisión continuo de la explotación de la central y del cumplimiento de las condiciones aplicables sobre seguridad nuclear y protección radiológica. Asimismo, ha evaluado la Revisión Periódica de Seguridad, realizada por el titular, en la que se incluía un análisis de la experiencia operativa de la central, el análisis del comportamiento de los equipos, el análisis del impacto de la nueva normativa aplicable, los resultados del análisis probabilista de seguridad y los planes de mejora de la seguridad emprendidos por el titular,

Vista la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear; el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas; la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, modificada por la Ley 14/1999, de 4 de mayo, de Tasas y PreciosPúblicos por servicios prestados por el Consejo de Seguridad...

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