Orden EDU/3569/2009, de 16 de diciembre, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, se modifica la Orden ECI/3922/2007, de 12 de diciembre, sobre integración en los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.

MarginalBOE-A-2010-46
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Por Orden ECI/3922/2007, de 12 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 3 de enero), a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, se integran en los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño a los funcionarios de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño que tienen reconocida la condición de Catedrático en sus respectivos Cuerpos.

Vista la propuesta de corrección de omisión, formulada por la citada Consejería de Educación y Ciencia,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Integrar en el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y por lo tanto incorporar al anexo I de la Orden ECI/3922/2007, de 12 de diciembre, a don Antonio García López, con DNI 09632071, N.R.P. 0963207113 A0511 y situación administrativa de activo.

Segundo.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del...

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