Orden EHA/1393/2011, de 16 de mayo, de autorización de la cesión parcial de la cartera de seguros de multirriesgos de comunidades de Amsyr Agrupacio Seguros y Reaseguros, SA a Mutua de Propietarios, Seguros y Reaseguros a Prima Fija.
Marginal | BOE-A-2011-9306 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
Las entidades Amsyr Agrupacio Seguros y Reaseguros, S.A., y Mutua de Propietarios, Seguros y Reaseguros a Prima Fija han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión parcial de la cartera de seguros de multirriesgos de comunidades de Amsyr Agrupacio Seguros y Reaseguros, S.A., a Mutua de Propietarios, Seguros y Reaseguros a Prima Fija.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante este Centro Directivo se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 23 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y en el artículo 70 del Reglamento que lo desarrolla.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:
Autorizar la cesión parcial de la cartera de seguros de la entidad cedente Amsyr Agrupacio Seguros y Reaseguros, S.A., integrada por la totalidad de las pólizas de seguros de multirriesgos de comunidades, en vigor a 30 de junio de 2010, a favor de la entidad cesionaria Mutua de Propietarios, Seguros y Reaseguros a Prima Fija.
Contra la presente Orden ministerial que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo...
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