Orden PRE/2088/2013, de 4 de noviembre, por la que se hacen públicas las características principales del segundo tramo de la tercera fase del mecanismo de pago a proveedores, aprobado mediante Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 10 de octubre de 2013.

MarginalBOE-A-2013-11889
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 10 de octubre de 2013, ha aprobado el Acuerdo por el que se pone en funcionamiento el segundo tramo de la tercera fase del mecanismo de pago a proveedores.

Estimando de interés la difusión del mismo, a propuesta de los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las características principales del segundo tramo de la tercera fase del mecanismo de pago a proveedores puesta en funcionamiento por este acuerdo, con el texto que figura como anexo de esta orden.

Madrid, 4 de noviembre de 2013.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.

ANEXO. Características principales del segundo tramo de la tercera fase del mecanismo de pago a proveedores, aprobadas por el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos

La reducción de la morosidad de las Administraciones Públicas constituye un elemento imprescindible para mejorar la competitividad de la economía española, pues conlleva reducir las necesidades de financiación de las empresas, lo que les permite aprovechar mejor sus oportunidades de negocio y facilitar el crecimiento económico.

Por ello, el informe de la Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas contiene algunas propuestas de reformas estructurales para erradicar la morosidad de las Administraciones Públicas, como las reformas de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y de la Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, que permitirán agilizar los procedimientos y periodos medios de pago al proveedor, dar certeza de las facturas pendientes de pago existentes, y mejorar los controles contables a los efectos del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Para que las nuevas reformas estructurales en este ámbito resulten plenamente eficaces, es necesario aprobar algunas medidas coyunturales, extraordinarias y urgentes que ayuden a las Administraciones a cumplir con los nuevos controles y cambios estructurales de funcionamiento.

Por ello, el Título I del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros estableció una tercera y última fase del denominado mecanismo de financiación para el pago a proveedores, que, como medida coyuntural y extraordinaria incardinada en el Plan para la Erradicación de la morosidad en las Administraciones Públicas, ayude a las Administraciones autonómicas y locales a reducir su deuda comercial acumulada y, sujetas a un plan de ajuste, puedan cumplir de forma inmediata con las nuevas reglas a futuro vinculadas al control de la deuda comercial. Con este objetivo, el mencionado Real Decreto-ley se amplió tanto el ámbito subjetivo como objetivo de aplicación del mecanismo y se...

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