Canje de Notas mediante el cual se efectúa una declaración interpretativa en relación con el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas, hecho en Madrid el 26 de julio y 15 de septiembre de 2020.

MarginalBOE-A-2021-5690
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

NOTA VERBAL

N.° de NV 3/5.5.

N.° de Reg. 12697.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación saluda atentamente a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM/IOM) y tiene el honor de informarle de que, a fin de continuar contribuyendo al esfuerzo llevado a cabo por la OIM para incrementar su eficacia y eficiencia en el cumplimiento de su mandato y lograr sinergias en materia de tecnologías de la comunicación y la información con el resto de entidades del sistema de las Naciones Unidas, España está dispuesta a facilitar la instalación de determinadas unidades y servicios de la OIM en el Centro de las Naciones Unidas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en Valencia (el Centro o, por sus siglas en inglés, UNICTF-V), en el marco de los acuerdos alcanzados entre la Organización Internacional para las Migraciones y las Naciones Unidas.

En este sentido, España manifiesta su consentimiento en que tanto a la Organización como al personal, bienes, fondos y haberes que la OIM despliegue en el Centro de las Naciones Unidas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en Valencia les sea de aplicación el acuerdo de sede vigente entre España y las Naciones Unidas (Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas, de 28 de enero de 2009). Dicho acuerdo de sede establece el marco jurídico por el que se regula la relación de España con las Naciones Unidas respecto de las actividades y entidades establecidas en UNICTF-V e incluye, entre otras, disposiciones relativas a los bienes, equipos e instalaciones, privilegios e inmunidades y exención de impuestos, de aplicación tanto al Centro como a su personal funcionario y contratado.

A la recepción de la confirmación escrita por parte de la OIM de su aceptación de la aplicación de las disposiciones mencionadas en la presente nota, este canje de notas tendrá el carácter de declaración interpretativa del acuerdo de sede citado, será publicado en el Boletín Oficial del Estado en aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014 de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, y surtirá efectos para España y la OIM desde la fecha de recepción de la confirmación escrita de la OIM.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación aprovecha esta oportunidad para...

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