CANJE de Notas entre el Reino de España y la República de Italia sobre reconocimiento recíproco de títulos de los estudios de Enseñanza Media, Superior y Universitaria, hecho en Roma el 14 de julio de 1999.
Fecha de Entrada en Vigor | 14 de Julio de 1999 |
Marginal | BOE-A-2000-20916 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
Ministerio de Asuntos Exteriores
116/569
NOTA VERBAL
El Ministerio de Asuntos Exteriores Italiano saluda a la Embajada de EspaÒa en Roma y tiene el honor de exponer lo siguiente:
Visto el Acuerdo cultural vigente entre el Gobierno del Reino de EspaÒa y el Gobierno de la Rep˙blica Italiana firmado en Roma el†11 de agosto de†1955, con particular referencia a los artÌculos†5 y†10, y a cuanto est· previsto en los artÌculos†2.2.4 y†2.3.4 del†XVIII Programa de CooperaciÛn cultural para los aÒos†1998-2001.
Considerados los intereses comunes de los dos paÌses en el ·mbito de la enseÒanza media y superior,
Habida cuenta de la oportunidad de favorecer la movilidad de los estudiantes entre los dos paÌses, el intercambio cientÌfico y la cooperaciÛn en el ·mbito de la enseÒanza media y superior,
Se tiene el honor de adjuntar las resoluciones ´Aª y ´Bª relativas, respectivamente, al reconocimiento de equivalencia de los estudios universitarios y de los estudios secundarios, adoptados en el curso de la reuniÛn del grupo de trabajo italo-espaÒol para las cuestiones educativas referidas al reconocimiento de los tÌtulos de estudio mantenidas en Roma del†19 al†22 de enero de†1999 a fin de que sean aceptadas como anexos al Acuerdo cultural vigente entre ambos paÌses del†11 de agosto de†1955.
A partir del momento en el que la Embajada de EspaÒa en Roma muestre su conformidad con lo anteriormente expuesto, la presente Nota y la relativa Nota de respuesta constituir·n el Cambio de Notas previsto por el artÌculo†10 del Acuerdo cultural del†11 de agosto de†1955 del que las alegadas resoluciones ´Aª y ´Bª pasar·n a formar partes integrantes como anexos, que entrar·n en vigor con fecha de la Nota de respuesta.
Roma, 14 de julio de†1999.
A la Embajada de EspaÒa
Palazzo Borghese - Largo Fontanella Borghese, 19 - Roma
ResoluciÛn ´Aª sobre reconocimiento de tÌtulos y estudios de educaciÛn superior entre los gobiernos del Reino de EspaÒa y de la Rep˙blica Italiana
ArtÌculo†1.
A los efectos de la presente ResoluciÛn,
a)?La expresiÛn ´tÌtulo o grado acadÈmicoª significa,
??para la parte espaÒola: cualquier tÌtulo universitario oficial
??para la parte italiana: cualquier diploma o tÌtulo de educaciÛn universitaria con valor legal
que tengan validez en todo el respectivo territorio nacional, acreditativo de la superaciÛn completa del correspondiente ciclo de estudios superiores, incluyendo en su caso el perÌodo de pr·cticas necesario para su obtenciÛn, que haya sido expedido por la autoridad competente de aquÈl de los dos Estados a cuyo sistema universitario pertenezcan los estudios cuyo reconocimiento se pretende.
b)?El tÈrmino ´estudiosª / ´periodi parziali di studi e relativi esamiª se entiende referido a las asignaturas o materias superadas integrantes de un ciclo de educaciÛn superior que no ha finalizado en la obtenciÛn del correspondiente tÌtulo o grado acadÈmico.
c)?El tÈrmino ´examenª designa toda prueba, incluidos los ex·menes intermedios, destinada a dejar constancia de los conocimientos, capacidades y aptitudes adquiridos a travÈs de los estudios o destinada a dejar constancia del aprovechamiento de los actos de enseÒanza correspondientes, conforme a la normativa nacional vigente.
d)?La expresiÛn ´instituciones universitariasª engloba,
??para la parte espaÒola: todas las universidades...
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