ORDEN ECI/1640/2004, de 26 de mayo, por la que se anuncian plazas de Profesores de Enseñanza Secundaria en secciones españolas de Institutos Bilingües, para el curso 2004-2005, en centros educativos de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumania y Rusia.

MarginalBOE-A-2004-10446
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

ORDEN ECI/1640/2004, de 26 de mayo, por la que se anuncian plazas de Profesores de Enseñanza Secundaria en secciones españolas de Institutos Bilingües, para el curso 2004-2005, en centros educativos de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumania y Rusia.

En virtud de los convenios de cooperación cultural, educativa y científica y de los acuerdos sobre creación y funcionamiento de secciones bilingües de español vigentes entre España, por una parte, y Bulgaria,

Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumania y Rusia, por otra, los Departamentos de Educación de los citados países ofrecen 82 plazas a licenciados españoles, que serán contratados como profesores de enseñanza secundaria para impartir en español distintas áreas de educación secundaria en las secciones españolas de los institutos bilingües de estos países para el curso académico 2004-2005.

En dichos convenios y acuerdos se establece que la Administración educativa española contribuirá a este programa con ayudas complementarias de las retribuciones que los profesores españoles perciben de las autoridades educativas competentes de los citados países y en concepto de gastos de viaje de ida y regreso.

Para dar cumplimiento a lo convenido, yde acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la Orden de 4 de marzo de 1999, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de determinadas ayudas por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1991/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, porel que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones públicas y según la Disposición transitoria segunda de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de las competencias delegadas de acuerdo con la Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, dispongo:

Primero. Convocatoria y objeto de la misma.

  1. Se anuncian 82 plazas de profesores de enseñanza secundaria en las secciones españolas de los institutos bilingües de Bulgaria, Eslovaquia,

    Hungría, Polonia, República Checa, Rumania y Rusia que se indican en el Anexo I.

  2. Estos profesores serán contratados como profesores de enseñanza secundaria en los institutos bilingües por las correspondientes autoridades educativas de los respectivos países.

  3. Los profesores españoles seleccionados deberán impartir las enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico completo, que comenzará el 1 de septiembre de 2004 y concluirá el 31 de julio de 2005 (excepto en Polonia, donde finalizará el 31 de agosto de 2005).

    Segundo. Requisitos de los solicitantes.

    Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Poseerla nacionalidad española.

    2. Estar en posesión o encontrarse en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la titulación requerida en la descripción de las plazas que se anuncian en el Anexo I.

    3. Acreditar estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

    Tercero. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

  4. Las solicitudes, formuladas según el modelo que figura en el Anexo II/1, se presentarán ante la Secretaría General Técnica --Subdirección General de Cooperación Internacional--, junto con la documentación mencionada en el apartado cuarto de esta Orden, en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Ciencia, Paseo del Prado 28, 28071 Madrid, o en el Registro General, calle los Madrazo 15, 28071 Madrid, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias que se relacionan en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y selladapor el funcionario de Correos antes de ser certificada.

  5. El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días naturales contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Orden.

    Cuarto. Documentación requerida a los solicitantes.

  6. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos acreditativos (originales o fotocopias compulsadas) siguientes:

    1. Instancia según anexo II/1.

    2. Fotocopia compulsada del documento nacionalde identidad.

      DNI/NIF.

    3. Fotocopia compulsada del título de licenciado requerido para optar a la plaza solicitada o documento acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición.

    4. Certificación académica personal, expedida por el centro universitario correspondiente, en la que consten las calificaciones de todos los cursos de licenciatura y, en su caso, los de doctorado.

    5. Certificación de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, incluso en el caso de no haber ejercido actividad laboral remunerada. Para las obligaciones fiscales se presentará fotocopia compulsada de la última declaración de la renta o certificado de la Agencia Tributaria. Para las obligaciones con la Seguridad Social,

      Certificado de la Tesorería Nacional de la Seguridad Social.

    6. Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia, expedido en un plazo anterior no superior a un mes.

  7. Además, el candidato podrá presentar la siguiente documentación complementaria:

    1. Certificados acreditativos de la experiencia docente del solicitante, en el caso de que se alegue. En ellos debe constar cargo, institución fechas y número de horas o contrato de trabajo.

    2. Certificados acreditativos de la formación especifica en los que conste el contenido del curso, centro que lo expide y...

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