Resolución de 22 de septiembre de 2010, de la Biblioteca Nacional de España, por la que se crea el Registro Electrónico de la Biblioteca Nacional de España.

MarginalBOE-A-2010-16222
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, contiene, en sus artículos 24, 25 y 26, una nueva regulación de los registros electrónicos, y el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la citada ley regula las condiciones de su funcionamiento.

El artículo 24.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, establece que las administraciones públicas crearán registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones. Así por la presente resolución se crea el registro electrónico de la Biblioteca Nacional de España, en el que se podrá llevar a cabo la tramitación de los procedimientos en ella enumerados.

En consecuencia, con la aprobación previa de la Vicepresidenta primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente resolución tiene como objeto la regulación del registro electrónico de la Biblioteca Nacional de España, para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

  2. El ámbito de aplicación del registro electrónico que se crea por medio de la presente resolución es el organismo autónomo Biblioteca Nacional de España.

Artículo 2 Documentos admisibles.
  1. El registro electrónico podrá admitir:

    1. Solicitudes, escritos y comunicaciones normalizados, presentados por personas físicas o jurídicas correspondientes a los servicios, procedimientos y trámites que se especifican en el Anexo de esta resolución.

      El registro electrónico de la Biblioteca Nacional de España incluirá la relación actualizada de los servicios, procedimientos y trámites que se especifican en el anexo de esta resolución y dará acceso a los formularios electrónicos normalizados que se encuentran en la dirección electrónica del registro electrónico accesible a través de la sede electrónica, alojada en la dirección electrónica...

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