RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2004, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se convocan las ayudas para la promoción del arte español y apoyo a las nuevas tendencias en las artes, correspondientes al año 2004.

MarginalBOE-A-2004-2095
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2004, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se convocan las ayudas para la promoción del arte español y apoyo a las nuevas tendencias en las artes, correspondientes al año 2004.

La Orden de 14 de julio de 1998 (Boletín Oficial del Estado del 24), establece las bases reguladoras para concesión de ayudas y becas de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Procede, por consiguiente, convocar las ayudas correspondientes al año 2004. En su virtud, de conformidad con el artículo tercero de la Orden de 14 de julio de 1998, dispongo:

Primero. Objetivo y condiciones.--La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de acuerdo con lo establecido en elapartado tercero, punto 1, de la Orden de 14 de julio de 1998, convoca para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2004, ayudas para la realización de actividades relacionadas con la consecución de las siguientes finalidades, siempre que tengan proyección nacional, internacional o faciliten la comunicación cultural entre Comunidades Autónomas, dentro de los límites del artículo primero de la Orden:

  1. Favorecer la comunicación cultural entre Comunidades Autónomas, mediante la realización de actividades que completen aspectos culturales comunes o interrelacionados de las Artes Plásticas y la Fotografía que propicien el conocimiento de la pluralidad y riqueza de sus respectivos patrimonios culturales.

  2. Apoyar, desde la visión global del Estado, las nuevas tendencias de las Artes Plásticas y la Fotografía en cada una de las Comunidades Autónomas y que, por su carácter innovador, enriquezcan las opciones contemporáneas en esta materia.

  3. Facilitar la presencia de galerías en ferias de arte, tanto de carácter nacional como internacional, de acuerdo con los principios de capacidad y mérito.

  4. Promocionar y difundir el arte español en el exterior fomentando las relaciones culturalesentre España y otros países.

  5. Colaborar en la realización de exposiciones individuales y colectivas, así como cualquier otro acontecimiento artístico que ponga de manifiesto la calidad del arte contemporáneo.

  6. Favorecer la realización depublicaciones, cuyo objeto sea facilitar información sobre el panorama artístico español y hacerlo así más accesible a todas las Comunidades Autónomas.

  7. Asegurar la presencia del arte español en las conmemoraciones históricas de carácter nacional e internacional, así como en cualquier otro acontecimiento histórico y cultural de especial relevancia.

    Segundo. Imputación presupuestaria.--La financiación de las ayudas a que se refiere el artículo primero se hará con cargo a los créditos de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para el año 2004, de acuerdo con la siguiente distribución:

    Aplicación presupuestaria:

    A empresas privadas:

    18.13.453B.471: 420.710,00 euros.

    A familias e instituciones sin fines de lucro:

    18.13.453B.480: 108.180,00 euros.

    La efectiva adjudicación de estas ayudas quedará condicionada a la aprobación de los citados créditos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2004.

    Tercero. Beneficiarios.--Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas aquellas personas físicas o jurídicas de nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Orden de 14 de julio de 1998 y en esta Resolución.

    De acuerdo con la citada Orden, no podrán concurrir a esta convocatoria los beneficiarios de ayudas correspondientes a años precedentes concedidas por este Ministerio y sus Organismos Autónomos que no las hubieran justificado según sus normas reguladoras.

    Cuarto. Presentación de solicitudes.--Las solicitudes, que se ajustarán al modelo que se publica como Anexo II a la presente Resolución, el cual se cumplimentará enteramente a máquina o con letra de molde, deberán dirigirse al Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

    Dichas solicitudes podrán presentarse por cualquiera de las siguientes vías:

    En el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,

    Secretaría de Estado de Cultura (Plaza del Rey, 1, 28071 de Madrid).

    En las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

    En las oficinas de correos (con sobre abierto para que pueda ser sellado en su interior).

    En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España, para las solicitudes que se envíen desde el extranjero.

    Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo LRJ-PAC).

    En cualquier caso, en la solicitud deberá figurar el sello de entrada de la oficina de registro correspondiente, lo que determinará la fecha de presentación.

    De acuerdo con la normativa vigente, los solicitantes, según la naturaleza de su persona, deberán aportar los documentos que a continuación se detallan, salvo los que ya hayan sido presentados en la Administración General del Estado en los últimos cinco años, no hayan experimentado ninguna modificación y exclusivamente los referidos a la escritura, los estatutos y la acreditación de estar legalmente constituidos.

    Enlos supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir al solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridada la formulación de la propuesta de resolución.

    Los modelos para la aportación de estos documentos se encuentran en el Anexo III.

  8. Empresas privadas:

    1. Escritura de constitución, estatutos, inscripción en el Registro Mercantil y Código de Identificación Fiscal. En el caso de que estos documentos ya hayan sido presentados en los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR