Resolución de 19 de noviembre de 2009, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por don Pedro-José Bartolomé Fuentes, notario de Madrid, contra la negativa del registrador de la propiedad nº 5 de dicha ciudad, a la práctica de una rectificación del Registro.

MarginalBOE-A-2010-350
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso interpuesto por don Pedro-José Bartolomé Fuentes, Notario de Madrid, contra la negativa del Registrador de la Propiedad n.º 5 de dicha ciudad, don Antonio Pau Pedrón, a la práctica de una rectificación del Registro.

Hechos

I

Se presenta en el Registro escritura autorizada por el Notario recurrente por la que la dueña de una finca, doña Carmen H. L. vende a una sociedad mercantil la nuda propiedad de una vivienda. La venta se realiza, entre otras, con las siguientes estipulaciones: «Doña Carmen H. L. vende a F. S., S.L., quien compra, la nuda propiedad de la finca descrita... con deducción del derecho de usufructo que se dirá...» «Doña Carmen H. L. al verificar la enajenación, deduce y se reserva el derecho de usufructo vitalicio sobre la vivienda. Plazo.-El usufructo vitalicio que se reserva la vendedora lo es sobre la vida de doña Carmen H. L. y de su hermana doña Josefina H. L. (de nacionalidad española, nacida el día... soltera, vecina de 28015 Madrid... con domicilio en calle Vallehermoso once -el domicilio es la misma calle y número de la finca vendida- titular de DNI y NIF...) se extinguirá y consolidará con la nuda propiedad al fallecimiento de la última de ellas dos.»

La anterior escritura se inscribe en el Registro, diciendo la inscripción, en la parte pertinente lo siguiente: «Doña Carmen H. L., nacida el día..., soltera, vecina de Madrid, Vallehermoso 11, con NIF..., titular de esta finca por la anterior inscripción 2.ª, reservándose el usufructo vitalicio de la misma para sí y para su hermana doña Josefina H. L., nacida el día..., soltera, vecina de Madrid, Vallehermoso 11, con NIF número... que se extinguirá y consolidará con la nuda propiedad al fallecimiento de la última de ellas dos... inscribo la nuda propiedad de esta finca a favor de la sociedad F. S. S. L., por título de compra, e inscribo el usufructo vitalicio conjunto y sucesivo de esta finca a favor de doña Carmen H. L. y doña Josefina H. L. por vía de retención.»

Se vuelve a presentar la misma escritura con una diligencia en la que, compareciendo la representante de la sociedad adquirente y las dos hermanas expresadas exponen: que la inscripción se ha practicado erróneamente ya que doña Josefina H. L. no ha adquirido ningún derecho sobre el inmueble objeto de la escritura, ni siquiera interviene en el contrato de compraventa y tampoco ha consentido en adquisición alguna; que, conforme se expresa en la escritura, en la compraventa se ha convenido que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR