ORDEN de 11 de julio de 2000 por la que se modifica el baremo de los méritos académicos contenido en el anexo de la Orden de 27 de junio de 1989, por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada.

MarginalBOE-A-2000-13281
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 28.1 de la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma Universitaria, estableció las directrices generales de los planes de estudio de los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional.

Dicha norma fue desarrollada, entre otras, por el Real Decreto 1417/1990, de 26 de octubre; por el Real Decreto 1464/1990, de 26 de octubre, y por el Real Decreto 1428/1990, de 26 de octubre (todos ellos publicados en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de noviembre), por los que, respectivamente, se establecen los títulos universitarios oficiales de Licenciado en Medicina, Farmacia y Psicología, y las directrices generales propias de los planes de estudio, conducentes a su obtención.

Como consecuencia de todo ello, las distintas Universidades han ido implantando los nuevos planes de estudio, de tal forma que, en el año 2000, la gran mayoría de las Facultades de Medicina, Farmacia y Psicología ya imparten enseñanzas según dichos planes, lo que asimismo ha determinado la incorporación de estos nuevos licenciados a las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, quienes durante cierto tiempo, concurrirán a dichas pruebas junto con licenciados que han concluido sus estudios al amparo de planes anteriores a la aprobación del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.

Los nuevos planes de estudio, que abordan una redefinición de los contenidos formativos y de las exigencias académicas contenidas en cada uno de ellos, se configuran con unas características específicas, derivadas de la normativa antes citada, entre las que cabe destacar la introducción del «crédito» como unidad de valoración de las enseñanzas, que al mismo tiempo que permite determinar su carga lectiva, hace posible la obtención de valoraciones ponderadas del expediente académico, cuya utilización se ha generalizado en el ámbito universitario.

Asimismo, en los nuevos planes de estudio también cabe destacar el incremento muy considerable del número de disciplinas que, a su vez, se adscriben a uno de los tres tipos de materias que a tal efecto se clasifican en el artículo 7 del Real Decreto 1497/1987 en: Troncales, determinadas discrecionalmente por la Universidad y de libre elección, subdividiéndose las citadas en segundo término, en materias obligatorias y optativas.

De lo anteriormente expuesto se desprenden...

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