Orden CUL/1641/2011, de 2 de junio, por la que se convocan las ayudas para la promoción del arte contemporáneo español, correspondientes al año 2011.

MarginalBOE-A-2011-10436
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

La Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 13 de noviembre) establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismo públicos, remitiéndose, en lo que al inicio del procedimiento de concesión se refiere, a la resolución del órgano competente.

En materia de promoción del arte contemporáneo español, esta competencia corresponde a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, tal y como queda establecido en el artículo 5.1.k) del Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura.

Procede, por consiguiente, convocar las ayudas correspondientes al año 2011. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, dispongo:

Primero. Objeto y finalidad.

  1. La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 3.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos, convoca para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2011 las ayudas destinadas a los distintos agentes del sector del arte contemporáneo español cuyo objetivo final sea el fomento de la creación, la difusión y la investigación de las artes visuales contemporáneas, así como el desarrollo de un contexto más dinámico e innovador para las artes visuales en nuestro territorio.

    El principal propósito de estas ayudas, enmarcadas dentro del futuro Plan Estratégico de las Artes Visuales, es potenciar a los distintos actores de la Artes Visuales, creando un sector caracterizado por la confianza, diversidad e innovación, totalmente implicado con las comunidades a las que sirve, y en el que, la creación artística, las prácticas empresariales, el desarrollo económico del sector, la planificación y las sinergias entre todos los implicados, sean aspectos vitales para su fortalecimiento.

    La presente convocatoria de ayudas se lleva a cabo al amparo del artículo 149.2. de la Constitución Española, sin perjuicio de las competencias asumidas por las distintas Comunidades Autónomas y Ciudades con estatuto de autonomía en materia de cultura. La gestión directa y centralizada de estas subvenciones se fundamenta, como ha venido estableciendo una consolidada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en la responsabilidad que asume el Estado de preservar el patrimonio cultural común, en la necesidad de garantizar iguales posibilidades de obtención y disfrute por parte de los potenciales destinatarios en todo el territorio nacional.

    Teniendo en cuenta las características del sector del arte contemporáneo español, así como la desigual implantación en el territorio de los agentes protagonistas de sus distintas vertientes, resulta necesaria su gestión centralizada para lograr la vertebración de dicho sector y la corrección de su desequilibrio territorial. Del mismo modo, la orientación de estas ayudas hacia actividades artísticas desarrolladas a un nivel suprautonómico, nacional o internacional, también justifica la centralización de su gestión.

  2. Los conceptos por los que pueden solicitarse las subvenciones convocadas por la presente orden son los siguientes:

    1. Para las galerías de arte y otras entidades privadas con sede en el territorio español:

      Organización de ferias de ámbito nacional e internacional que conlleven el apoyo a la creación artística española.

      Organización de encuentros, festivales o eventos de alcance nacional o internacional que promuevan el conocimiento y la difusión de las artes visuales contemporáneas y que presten una especial atención a los creadores españoles.

      La participación en alguna de las ferias internacionales que se relacionan en el apartado Tercero de la presente convocatoria.

    2. Para artistas plásticos españoles o residentes en España:

      La producción de obras de arte y desarrollo de proyectos artísticos con proyección suprautonómica, nacional o internacional que vayan a ser presentados o desarrollados en espacios culturales apropiados.

    3. Para críticos, comisarios artísticos y otros profesionales españoles o residentes en España:

      Desarrollo y organización de proyectos culturales, educativos o de investigación, de carácter innovador, que tengan por objeto estimular y dar a conocer a nivel suprautonómico, nacional o internacional las prácticas artísticas contemporáneas y que presten una especial atención a los creadores españoles o residentes en España.

    4. Para instituciones sin ánimo de lucro:

      Organización de exposiciones, encuentros o eventos dedicados a las artes visuales, cuya proyección sea suprautonómica, nacional o internacional, que contribuyan a estimular, conocer y difundir la realidad artística actual.

  3. Quedan expresamente excluidos de las subvenciones reguladas en esta orden los proyectos de actividades que no tengan una proyección suprautonómica, nacional o internacional.

  4. Todas las actividades referidas a los conceptos subvencionables deberán llevarse a cabo en el año 2011.

    Segundo. Imputación presupuestaria y cuantía.

  5. La financiación de las ayudas a que se refiere el apartado primero se hará con cargo a los créditos de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura para el año 2011, de acuerdo con la siguiente distribución y aplicación presupuestaria prevista en los Presupuestos Generales del Estado para dicho año:

    1. A empresas privadas: 24.03.333B.471: 1.070.000,00 euros

    2. A familias e instituciones sin fines de lucro: 24.03.333B.480: 160.000,00 euros.

  6. En virtud del artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RLGS), la distribución de la cuantía total de la convocatoria entre los créditos presupuestarios señalados tendrá carácter estimativo. La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, previas las modificaciones presupuestarias oportunas, publicará la distribución definitiva en el Boletín Oficial del Estado antes de la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

    Tercero. Determinación de cuantías.–Para la distribución de las ayudas se tendrá en cuenta, junto a las disponibilidades presupuestarias, el número de solicitudes presentadas.

    El importe de las ayudas concedidas se fijará en la orden de resolución de concesión, de acuerdo con lo establecido a continuación:

    1. Para las galerías de arte y otras entidades privadas con sede en el territorio español:

      Organización de ferias de ámbito nacional e internacional que conlleven el apoyo a la creación artística española: 15.000 euros

      Organización de encuentros, festivales o eventos de alcance nacional o internacional que promuevan el conocimiento y la difusión de las artes visuales contemporáneas y que presten una especial atención a los creadores españoles. (La cuantía la determinará la comisión de valoración en función de la entidad del proyecto.)

      La participación en alguna de las siguientes ferias internacionales:

      1- Art Basel, Art Basel Miami Beach, FIAC y Frieze: 8.000 euros por feria.

      2- París Photo y Art Forum Berlín: 7.000 euros por feria.

      3- Art Chicago, The Armory Show (NY), CIGE (China), KIAF (Corea), Seoul Photo, Shanghai Art Fair, Shanghai Contemporary Art Fair, Art Hong Kong y Art Taipei (Taiwan), Art Summit (India): 6.000 euros por feria.

      4- The Affordable Art Fair Bruselas/Londres/París; AIPAD Feria de fotografía (NY); Art Bruselas; Art Dubai: Art Miami; ARTBO (Bogotá); Art Fiera de Bolonia; Arte Lisboa; ArteBA (Buenos Aires): Artíssima (Turín); Berliner (Liste); Buenos Aires Photo; CIRCA (Puerto Rico); Ch.ACO. Chile Arte Contemporáneo; FIA Caracas (Venezuela); Hot Art Fair; L. A. Contemporary Art Forum (Los Ángeles); Lima Photo; Nada Art Fair (Miami); Next Chicago; Photo Miami; Pinta Londres/NY; Preview Berlín; Pulse Miami/NY; SP-Arte (Sâo Paulo); SCOPE Basel/Miami/NY/London; Viennafair; Volta Basel/NY; Zona MACO (México): 5.000 euros por feria.

      Las ferias de arte internacionales aquí relacionadas tienen la consideración de subvencionables, lo que, a estos efectos, no implica la concesión automática de la ayuda para asistir a cualquiera de ellas. En la valoración de las solicitudes se tendrá en cuenta la repercusión de la feria para cuya asistencia se solicita la ayuda, tal y como dispone el punto f) del apartado duodécimo de la presente convocatoria.

    2. Para artistas plásticos españoles o residentes en España:

      La producción de obras de arte y desarrollo de proyectos artísticos con proyección suprautonómica, nacional o internacional que vayan a ser presentados o desarrollados en espacios culturales apropiados. (La cuantía la determinará la comisión de valoración en función de la entidad del proyecto.)

    3. Para críticos, comisarios artísticos y otros profesionales españoles o residentes en España:

      Desarrollo y organización de proyectos culturales, educativos o de investigación, de carácter innovador, que tengan por objeto estimular y dar a conocer a nivel suprautonómico, nacional o internacional las prácticas artísticas contemporáneas y que presten una especial atención a los creadores españoles o residentes en España. (La cuantía la determinará la comisión de valoración en función de la entidad del proyecto.)

    4. Para instituciones sin ánimo de lucro:

      Organización de exposiciones, encuentros o eventos dedicados a las artes visuales, cuya proyección sea suprautonómica, nacional o internacional, que contribuyan a estimular, conocer y difundir la realidad artística actual. (La cuantía la determinará la comisión de valoración en función de la entidad del proyecto.)

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