Orden PRE/1516/2010, de 8 de junio, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, por el que se desarrolla el apartado tres del artículo 54 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en relación con la determinación del procedimiento para la concesión de avales del Estado a operaciones de financiación concertadas por empresas fabricantes de vehículos automóviles para la realización de inversiones productivas así como de procesos de mejora de la competitividad en el contexto de actuaciones singulares.

MarginalBOE-A-2010-9276
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda y del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, adoptó el 13 de mayo del 2010, un Acuerdo por el que se desarrolla el apartado tres del artículo 54 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en relación con la determinación del procedimiento para la concesión de avales del Estado a operaciones de financiación concertadas por empresas fabricantes de vehículos automóviles para la realización de inversiones productivas así como de procesos de mejora de la competitividad en el contexto de actuaciones singulares.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 e) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se dispone la publicación del citado Acuerdo como anexo de la presente orden.

Madrid, 8 de junio de 2010.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega Sanz.

ANEXO. Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos por el que se desarrolla el apartado tres del artículo 54 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en relación con la determinación del procedimiento para la concesión de avales del Estado a operaciones de financiación concertadas por empresas fabricantes de vehículos automóviles para la realización de inversiones productivas así como de procesos de mejora de la competitividad en el contexto de actuaciones singulares

La actual crisis económica está afectando considerablemente a la expansión de nuevas inversiones en la industria en general y en el sector de fabricantes de vehículos automóviles en particular.

Actualmente el sector de fabricantes de vehículos automóviles en España atraviesa serias dificultades para financiar sus planes industriales, en gran parte debido a los prolongados periodos de maduración de sus inversiones. Esta situación afecta especialmente a las inversiones en la fabricación de nuevos modelos de automóviles que, en algunos casos, suponen una ruptura tecnológica respecto a los vehículos de propulsión convencional.

Las medidas contempladas en este acuerdo se encuadran dentro del proceso de incentivo al cambio de modelo productivo de la economía española, que pretende incrementar el peso sobre el Producto Interior Bruto de los sectores de mayor valor añadido que generen empleos de mayor calidad, como es el caso del sector de fabricantes de vehículos automóviles. En este proceso y, en concreto, en el sector de automoción se trata también de favorecer el cambio modal hacia modos de transporte más eficientes, favoreciendo la promoción de tecnologías de propulsión alternativas a las convencionales, de importancia estratégica para la reducción de la dependencia del petróleo, la mejora de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de CO2.

Por otra parte, la reevaluación de riesgos que ha provocado la crisis financiera internacional se ha traducido en una restricción del crédito a la economía real. Las empresas españolas están experimentando dificultades notables en el acceso al crédito por la mayor aversión al riesgo de las entidades financieras, inmersas en una política de desapalancamiento y de reducción de riesgos en sus balances.

La evolución del crédito a las empresas no financieras en España en los últimos meses pone de manifiesto la necesidad de implementar medidas de apoyo para facilitar el acceso a la financiación del sector productivo. De hecho, la evolución del crédito a las empresas no financieras desde una perspectiva temporal amplia muestra que ha pasado de crecer a tasas del 30 por ciento a inicios de 2007 a contraerse a tasas cercanas al 4 por ciento al cierre de 2009 tras una constante ralentización del crecimiento en todo el periodo.

Por ello, y para facilitar el acceso a la financiación necesaria para la realización de inversiones productivas y procesos de mejora de su competitividad en el contexto de actuaciones singulares, se ha considerado conveniente poner a disposición de las empresas del sector de fabricantes de vehículos automóviles un programa de avales públicos, mediante el cual, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, respetando la normativa comunitaria en la materia, se podrán otorgar durante el ejercicio 2010:

  1. Avales, no constitutivos de ayudas de Estado, configurados de conformidad con el principio «del inversor en una economía de mercado» y con el resto de directrices para que una garantía pública no sea considerada ayuda de Estado, establecidas en la Comunicación de la Comisión Europea, relativa a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales en forma de garantía (COM 2008/C155/02).

  2. Avales que, conteniendo elementos de ayuda de Estado, son compatibles con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, de acuerdo con lo establecido en la Comunicación de la Comisión Europea relativa al Marco Temporal comunitario aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera (COM 2009/C83/01).

    Por lo que se refiere a los avales que contienen elementos de ayuda de Estado, el 21 de enero de 2010 la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos acordó solicitar a la Comisión Europea la autorización de un marco nacional transitorio de concesión de garantías públicas para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera, de conformidad con el apartado 4.3 de la Comunicación 2009/C83/01 y con los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

    A este respecto la Comisión Europea ha emitido, con fecha 30 de marzo de 2010, la Decisión correspondiente a la Ayuda de Estado n.º 68/2010-España, en la que considera que la medida notificada por las autoridades españolas es conforme al Marco Temporal y compatible con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sobre la base de su articulo 107, apartado 3, letra b).

    Por otro lado, la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en el apartado tres del artículo 54, reserva el importe de mil millones de euros para garantizar operaciones de financiación a empresas fabricantes de vehículos automóviles, destinadas a la ejecución de planes industriales que contemplen inversiones productivas en España, así como de procesos de mejora de la competitividad.

    El presente acuerdo viene a dar cumplimiento al mencionado apartado tres del artículo 54 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, de conformidad con el cual el procedimiento de concesión de avales, los requisitos para su concesión y las condiciones a que quedará sujeta su efectividad serán determinados por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Este acuerdo regula, por tanto, el procedimiento para la concesión por parte de la Administración General del Estado, tanto de los avales no constitutivos de ayuda de Estado, como de los que conteniendo algún elemento de ayuda de Estado han sido autorizados por la Comisión Europea, los requisitos para su concesión y las condiciones a que quedará sujeta su efectividad.

    En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda y del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, con la aprobación previa de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia y de acuerdo con el Consejo de Estado, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión de 13 de mayo de 2010, acuerda:

    Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

    1. Constituye el objeto de este acuerdo la regulación del procedimiento para la concesión de avales de la Administración General del Estado para garantizar las obligaciones derivadas de operaciones de financiación concertadas por empresas fabricantes de vehículos automóviles válidamente constituidas en España, destinadas a la ejecución de planes industriales que contemplen inversiones productivas en España, así como procesos de mejora de la competitividad en el contexto de actuaciones singulares. Asimismo este acuerdo establece los requisitos que deberán concurrir para la concesión de dichos avales y las condiciones a las que quedará sujeta su efectividad.

    2. Podrán otorgarse, de conformidad con este acuerdo, las siguientes categorías de avales:

  3. Avales no constitutivos de ayudas de Estado, configurados de conformidad con la Comunicación de la Comisión Europea (COM 2008/C155/02), relativa a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales en forma de garantía.

  4. Avales que, conteniendo elementos de ayuda de Estado, son compatibles con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, de conformidad con el marco nacional transitorio de concesión de garantías públicas para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera, en los términos recogidos en el «Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 21 de enero de 2010, por el que se solicita a la Comisión Europea la autorización de un marco nacional...

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