Orden ARM/2301/2011, de 18 de agosto, por la que se crea el registro auxiliar del Centro Isla de la Graciosa, Organismo Autónomo Parques Nacionales.
Marginal | BOE-A-2011-14117 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro, contempla en su artículo 12 la posibilidad de que, junto con la oficina de registro general de cada órgano administrativo, existan oficinas de registro auxiliares, ubicadas en dependencias distintas a las del registro general, pero con idénticas funciones que éste.
Asimismo, el artículo 11 de la citada norma establece que las oficinas de registro, tanto general como auxiliar, tienen la consideración de órgano administrativo, por tener atribuidas funciones con efectos jurídicos frente a terceros, lo que exige que su creación, modificación o supresión se efectúe de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 67.1.b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
En cumplimiento de todo ello, la presente orden procede a crear una oficina de registro auxiliar integrada en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el Centro Isla de la Graciosa.
Dada la existencia de diversas dependencias vinculadas a órganos del Departamento que se hallan ubicadas en distintas sedes, con esta creación se garantiza que tanto los ciudadanos, como los visitantes y los trabajadores del centro tengan la posibilidad de presentar escritos o comunicaciones en diferentes ubicaciones con el fin de llevar a cabo las funciones registrales previstas en el Real Decreto 772/1992, de 7 de mayo. Asimismo, con esta medida se mejorará el funcionamiento del Departamento, pues la posibilidad de recibir y enviar comunicaciones desde distintas sedes incrementará la eficacia y la agilidad en la tramitación de las solicitudes y procedimientos administrativos, fomentando una mejor relación con el ciudadano y garantizando un más eficiente servicio público.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Administración Pública, dispongo:
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