Resolución de 18 de noviembre de 2011, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se crea la Sede Electrónica de la entidad.

MarginalBOE-A-2011-20271
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, creó el concepto de «sede electrónica», definiéndola en el apartado primero de su artículo 10 como «aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias. Asimismo, en el apartado 2 del mismo artículo, determina que el establecimiento de una sede electrónica conlleva la responsabilidad del titular respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.

Por consiguiente, con la implantación de la sede electrónica se pretende crear un espacio en el que la administración y el ciudadano se relacionen por medios electrónicos en el marco de la gestión administrativa con las debidas garantías de plena certeza y seguridad.

Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, regula la sede electrónica en los artículos 3 al 9. El artículo 3.2 establece que las sedes electrónicas se crearán, en el caso de organismos públicos, mediante resolución de su titular, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado, determinando además el contenido mínimo de la norma.

Esta resolución ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento.

En fecha 20 de julio de 2011 el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, acordó delegar en el Sr. Presidente de la Entidad la aprobación de la creación y regulación de su sede electrónica.

En su virtud, resuelvo:

Artículo 1 Objeto.

Esta resolución tiene por objeto la creación de la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Barcelona en adelante sede electrónica, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Artículo 2 Características de la sede electrónica.
  1. Se realizarán a través de la sede electrónica todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Pública en sus relaciones con éstos por medios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR