INSTRUCCIÓN DE 4 DE JULIO DE 1997, de la subsecretaria, sobre el Plan de austeridad para racionalizar y Disminuir los Gastos corrientes.

MarginalBOE-A-1997-15581
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyInstrucción

Los Presupuestos Generales del Estado para 1997 reflejan la nueva orientación de la política económica que contribuye a la modernización de la economía española, y a tales efectos su elaboración se ha realizado de acuerdo con los criterios de ahorro, austeridad, rigor y control que se han plasmado en nuevos procedimientos presupuestarios, al efecto de reducir, en lo posible, las desviaciones entre las previsiones iniciales y la liquidación del presupuesto, mejorando e incrementando la confianza de los agentes sociales y económicos. La austeridad que ha presidido la elaboración de los Presupuestos para 1997 se ha plasmado en todos sus capítulos y con una mayor significación en las partidas correspondientes a los gastos del funcionamiento operativo de los servicios, que se han materializado para el capítulo 2 «Gastos Corrientes en Bienes y Servicios», en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (sin incluir las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social) en una disminución de 3.891,3 millones de pesetas en relación al presupuesto base de 1996. Por otra parte, en el ámbito de la Seguridad Social, la menor previsión de gastos alcanza 27.710,7 millones de pesetas, en relación a los créditos inicialmente asignados en el capítulo 2 del ejercicio de 1996.

La racionalización en la utilización apropiada de los medios y los recursos disponibles en el ámbito de cada Ministerio se ha instrumentalizado a través de un Plan de Austeridad de Gastos Corrientes de la Administración General del Estado, aprobado por el Consejo de Ministros de 6 de junio de 1997, que consiste en un conjunto de medidas, propuestas y recomendaciones que persiguen una triple finalidad: reducción del gasto público, mejora de la imagen institucional de la Administración y fomento de la mentalización en el uso racional de los recursos públicos por parte del personal al servicio de la Administración.

Para la ejecución del citado Plan, se dicta la presente Instrucción aplicable a la totalidad de los órganos que integran el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: Organismos Autónomos, Ente Público y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

Por lo anteriormente descrito, esta Subsecretaría ha dispuesto que se dicten las siguientes medidas:

Uno. Arrendamientos.

  1. Arrendamientos de edificios.

    1. Se revisarán los contratos de alquileres actualmente existentes.

    2. Se estudiarán los diversos inmuebles que ocupan los órganos del Ministerio, al objeto de reubicar, si procediera, los centros y reducir los arrendamientos actualmente existentes.

    3. Se suprimirán paulatinamente las plazas de alquileres de garajes cuando no estén incluidas en los contratos de arrendamiento de los correspondientes edificios.

  2. Arrendamientos de equipos de reproducción.

    1. Se minorará el gasto de máquinas fotocopiadoras a través de una disminución de los equipos ya existentes y se canalizarán los trabajos hacia un servicio común de reprografía, limitándose el número de páginas a reproducir, teniendo que ser autorizados los diversos trabajos por un Subdirector general o persona en quien delegue.

    2. El responsable de cada fotocopiadora garantizará el control selectivo de las fotocopias realizadas, que serán exclusivamente las relacionadas con el trabajo de cada dependencia y autorizadas, en su caso, por el directivo garante del trabajo realizado.

    3. Será necesario el uso de clave para el funcionamiento de aquellas máquinas que se afecten a este sistema.

    4. Cuando el número de fotocopias a realizar sea mayor a 50 y se disponga de centro de reprografía en el edificio, se remitirán al mismo para su realización.

    5. Si se detectase una utilización excesiva en relación a los valores medios de las máquinas fotocopiadoras, la Oficialía Mayor o el órgano competente en cada organismo adscrito al Departamento, pondrá en conocimiento del correspondiente responsable directivo, para la adopción en su caso de las medidas adecuadas, o justificación del elevado uso en la utilización de las mismas.

    6. No se permitirá la realización de fotocopias de carácter particular.

    7. Se utilizarán siempre que sea posible, fotocopias a dos caras.

    8. Los responsables de cada una de las máquinas fotocopiadoras, desconectarán las...

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