Orden ECI/1092/2006, de 22 de marzo, por la que se convocan ayudas a Corporaciones locales, para la puesta en marcha y mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.
Marginal | BOE-A-2006-6758 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Educacion y Ciencia |
Rango de Ley | Orden |
Orden ECI/1092/2006, de 22 de marzo, por la que se convocan ayudas a Corporaciones locales, para la puesta en marcha y mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su título tercero garantiza que las personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional.
Asimismo, la citada Ley en su artículo 54.3, establece que «las Administraciones Educativas podrán establecer convenios de colaboración con Universidades, Corporaciones Locales y otras Entidades públicas o privadas».
Por otro lado, el Ministerio de Educación y Ciencia, a través de Aula Mentor del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, ha desarrollado un sistema de educación a distancia para el desarrollo cultural de las personas adultas y para el aumento de su cualificación para un puesto de trabajo, utilizando entornos de aprendizaje abierto, flexible, a distancia y basados en tecnologías de la información y de la comunicación. A través de este sistema se han formado más de 100.000 alumnos y se desarrolla en colaboración con un amplio número de Consejerías de Educación de Comunidades Autónomas, ayuntamientos, ONG y Ministerios de Educación de países iberoaméricanos.
La metodología de dicho proyecto se basa en la existencia de una tutoría telemática desarrollada a través de internet, que permite a los alumnos matriculados en cada uno de los más de 100 cursos de esta oferta, contar con un tutor a distancia a través de correo electrónico, acceder a materiales de consulta o formación a través de las páginas del servidor www.mentor.mec.es, realizar test interactivos con corrección inmediata y, finalmente, presentarse a un examen final de carácter presencial con la emisión del correspondiente certificado del Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma correspondiente, si es superada la prueba. Los alumnos pueden realizar su actividad desde el propio domicilio o si no disponen equipamiento informático con acceso a internet, pueden acudir regularmente al Aula Mentor de su localidad. El responsable del aula además de ofrecerle los recursos materiales, le asesorará sobre aspectos tecnológicos y metodológicos del curso.
El Ministerio de Educación y Ciencia, mediante el Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, ofrece las direcciones de internet de los alumnos, desarrolla y mantiene operativos los sistemas de comunicación y los cursos de formación y forma a los tutores y administradores necesarios para el correcto funcionamiento de este sistema.
Por todo ello, y de conformidad con la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («BOE» de 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo al artículo 14.e) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, este Ministerio, previos los informes del Servicio Jurídico y de la Intervención Delegada en el Departamento, ha dispuesto:
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Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto de estas ayudas es financiar ayudas a Corporaciones locales para el mantenimiento, en su municipio, del aula Mentor de formación a distancia, y flexible y a través de internet para personas adultas. El número máximo de ayudas concedidas con cargo a esta convocatoria será de 25.
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Cuantía de las ayudas.
Para el logro de la finalidad señalada se dispone en la aplicación presupuestaria 18.10.322J.463 de una dotación de 120.440 euros y se distribuirá en 25 módulos de 4.817 euros cada uno.
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Beneficiarios y sus requisitos.
3.1 Podrán solicitar estas ayudas Corporaciones locales o agrupaciones de ellas y serán seleccionadas en régimen de concurrencia competitiva.
3.2 Las Corporaciones, una vez seleccionadas, deberán habilitar o contar con un aula para la asistencia de alumnos, equipada con la infraestructura informática y un administrador de la misma, según se expresa en el anexo III. Los ingresos derivados de...
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