RESOLUCIÓN DE 15 DE ABRIL DE 1997, de la Subsecretaria, por la que se da publicidad al acuerdo de Encomienda de Gestion en relacion con determinadas funciones atribuidas al fondo de Regulacion y Organizacion del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos marinos (from).

MarginalBOE-A-1997-8273
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Acuerdo de encomienda de gestión suscrito entre el Secretario general de Pesca Marítima, el Director general de Recursos Pesqueros y el Presidente del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM), que figura como Anexo.

Madrid, 15 de abril de 1997.-El Subsecretario, Nicolás López de Coca Fernández-Valencia.

A N E X O

Acuerdo de encomienda de gestión en relación con determinadas funciones atribuidas al Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM)

En Madrid a 11 de abril de 1997.

REUNIDOS

Ante el ilustrísimo señor don Samuel Jesús Juárez Casado, Secretario general de Pesca Marítima, en virtud del Real Decreto 954/1996, de 10 de mayo.

De una parte, el ilustrísimo señor don José Ramón Barañano Fernández, como Director general de Recursos Pesqueros, en virtud del Real Decreto 1361/1996, de 31 de Mayo.

De otra, el ilustrísimo señor don Abelardo Almécija Cantón, como Director general de Estructuras y Mercados Pesqueros, en virtud del Real Decre to 1362/1996, de 31 de mayo, y como Director del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM), de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1890/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Se reconocen la competencia para otorgar el presente acuerdo, a cuyo fin establecen las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Los Reglamentos (CEE) número 729/70 del Consejo, de 21 de abril de 1970, sobre financiación de la política agraria común y 1663/95 de la Comisión, de 7 de julio de 1995, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) número 729/70 del Consejo, en lo que concierne al procedimiento de liquidación de cuentas de la Sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola, prevén una serie de requisitos que deben cumplir los organismos pagadores.

Concretamente, el apartado 2 del anexo del Reglamento (CE) 1663/95, establece como funciones principales a ejercer por el Organismo, la autorización, la ejecución y la contabilidad de los pagos. Según el apartado 3 de dicho Reglamento, el organismo dispondrá de un servicio de control interno y de un servicio...

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