Orden de 12 de marzo de 1992 por la que se asumen nuevas competencias por determinadas gerencias territoriales.

MarginalBOE-A-1992-6577
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

La Disposición final Primera del Real Decreto 10/1991, de 11 de enero, faculta al ministro de justicia para la progresiva entrada en Funcionamiento de las gerencias territoriales, a tenor de las disponibilidades de personal y Medios materiales, pudiendo limitar sus competencias en fase de Implantacion.

Dispuesta en su dia la entrada en Funcionamiento de las gerencias territoriales de valenciá, Sevilla y cataluña, les fueron atribuídas competencias limitadas. Los actuales Medios de personal y materiales con que cuentan las citadas gerencias permiten ya la ampliación de sus competencias en materia de personal al Servicio de la Administración de Justicia y de Gestion de Gastos de Organos judiciales.

En consecuencia, para cumplimiento de la referida Disposición final Primera, y previa aprobación del ministro para las Administraciones Públicas, he dispuesto:

Artículo 1. La Gerencia territorial del Ministerio de justicia en cataluña asumirá las siguientes competencias:

A) en materia de personal, las contenidas en el apartado 1, letras a), b), c) y d), del artículo 3.

De la orden del ministro de justicia de 16 de abril de 1991.

B) en Relacion con el Ministerio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR