ORDEN HAC/331/2004, de 30 de enero, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema general de acceso libre a plazas vacantes de personal laboral fijo en el Parque Móvil del Estado, en la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Conductores).

MarginalBOE-A-2004-2914
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/331/2004, de 30 de enero, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema general de acceso libre a plazas vacantes de personal laboral fijo en el Parque Móvil del Estado, en la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Conductores).

Finalizadas las pruebas selectivas por el sistema general de acceso libre, a plazas vacantes de personal laboral fijo en el Parque Móvil del Estado, en la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Conductores), convocadas por Orden HAC/1911/2003, de 30 de junio (BOE de 10 de julio de 2003), y en cumplimiento de lo establecido en la base 7.2 de la Orden antes mencionada, Este Ministerio a la vista de la propuesta del Tribunal calificador de las pruebas selectivas, ha resuelto lo siguiente:

Primero.--De acuerdo con lo establecido en la base 9.1 de la convocatoria que señala que el número de contratos que se formalicen, no podrá exceder del número de plazas convocadas, declarar que han superado las pruebas selectivas 50 aspirantes que figuran en el anexo I de esta Orden.

Segundo.--Publicar en el Boletín Oficial del Estado la lista definitiva de aspirantes que figuran en el anexo I, adjudicándoles la plaza, con indicación del número de orden de prelación, apellidos y nombre, documento nacional de identidad y puntuación final obtenida.

Tercero.--Los aspirantes relacionados en el anexo I aportarán, dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de la presente Orden, la documentación señalada en el punto 8.1 de la convocatoria, en el Registro General del Parque Móvil del Estado, calle Cea Bermúdez, 5, Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quienes dentro del plazo fijado no presentaran la citada documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos, no podrán formalizar el correspondiente contrato y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial, según dispone el punto 8.2 de la convocatoria.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado o recurso...

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