RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica la relación de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas, en el Servicio Público de Empleo Estatal.

MarginalBOE-A-2004-8931
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica la relación de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, por el turno deplazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas, en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Mediante Orden APU/2555/2003, de 31 de julio ('Boletín Oficial del Estado' de 16 de septiembre), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Finalizado el proceso selectivo, vista la copia certificada de la lista de aprobados expedida por el Presidente del Tribunal calificador y de acuerdo con lo dispuesto en la base 7.3 de la convocatoria esta Secretaría General, en virtud de las competencias que le están atribuidas, acuerda:

Primero.--Publicar la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden de puntuación, con indicación, asimismo, de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, según relación que figura como anexo a la presente Resolución.

Segundo.--De acuerdo con lo establecido en la base 8.1 de la convocatoria, los opositores aprobados deberán presentar en el Registro General del Servicio Público de Empleo Estatal (calle Condesa de Venadito, 9, 28027 Madrid), en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución en el 'Boletín Oficial del Estado', los siguientes documentos:

  1. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.2.3 de la convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para la obtención del mismo.

  2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo quefigura como anexo V de la convocatoria.

Tercero.--Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría General en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso...

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