Orden TAS/334/2006, de 7 de febrero, por la que se nombra personal estatutario fijo y se asignan plazas de Facultativo Especialista de Odontología en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Social de la Marina.

MarginalBOE-A-2006-2591
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

Por Orden de 11 de diciembre de 2001 (BOE de 19-12-2001), se convocó proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de Facultativo Especialista de Odontología de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Social de la Marina.

Finalizada la fase de selección se procedió mediante Orden TAS/482/2004, de 6 de febrero (BOE de 27 de febrero) a la declaración de la situación de expectativa de destino a los aspirantes que habían superado el concurso oposición.

Por Orden TAS/319/2005, de 8 de febrero (BOE de 18 de febrero) se inició la fase de provisión del citado proceso extraordinario, cuyo proceso de asignación de plazas finalizó por Orden publicada en los lugares previstos en las bases de la convocatoria. En la citada Orden se aprobó la resolución definitiva de la asignación de destinos por centros de gestión.

En su virtud, visto lo dispuesto en las bases de la convocatoria, y en las demás normas de general y pertinente aplicación este Ministerio resuelve:

Primero.-Nombrar personal estatutario fijo como Facultativo Especialista de Odontología, a los aspirantes que se relacionan por orden alfabético en el Anexo I de esta Orden.

Segundo.-Aprobar la relación definitiva de adjudicatarios, con expresión de la plaza adjudicada según se detalla en el Anexo II de esta Orden.

Tercero.-La toma de posesión del personal relacionado en el Anexo II de esta Orden, se efectuará en la Dirección Provincial donde se le haya asignado la plaza.

Cuarto.

  1. Los adjudicatarios procedentes de la expectativa de destino de la fase de selección dispondrán de un plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden, para efectuar la toma de posesión. Este mismo plazo regirá en el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo. En ambos casos este período no será retribuido.

  2. Cuando el adjudicatario sea personal estatutario con plaza en propiedad en la misma categoría a la que ha concursado en esta convocatoria, y no proceda de la fase de selección, deberá cesar en la que, en su caso, desempeñe, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique esta Orden. La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad.

  3. ...

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