Orden TIN/3878/2008, de 23 de diciembre, por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones y otras materias relacionadas con la actividad editorial del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Enero de 2009
MarginalBOE-A-2009-253
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha dispuesto la creación del Ministerio de Trabajo e Inmigración y supresión del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en su artículo 8, ha establecido la estructura que corresponde al nuevo departamento, desarrollada por el Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio.

La Orden TAS/998/2005, de 7 de abril, se dictó para regular la comisión asesora de publicaciones y otras materias relacionadas con la actividad editorial del ahora suprimido Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de acuerdo con los criterios contenidos en el Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de ordenación de publicaciones oficiales.

Como consecuencia de la remodelación ministerial, se hace preciso acomodar la regulación contenida en la Orden TAS/998/2005, de 7 de abril, a las modificaciones introducidas por los mencionados reales decretos, en lo que se refiere a la composición de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Trabajo e Inmigración, así como actualizar otros aspectos relacionados con la actividad editorial del departamento.

En su virtud, con el informe favorable de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales y con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero. Constitución de la Comisión Asesora de Publicaciones.

Se constituye en el Ministerio de Trabajo e Inmigración la Comisión Asesora de Publicaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales, como órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría del departamento.

Segundo. Competencias de la Comisión Asesora de Publicaciones.

Corresponde a la Comisión Asesora de Publicaciones:

  1. Informar, en su caso, con carácter previo a su remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales, las iniciativas del departamento en relación con el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General del Estado. b) Informar, con carácter previo a su remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales, las propuestas de edición que deban integrar el programa editorial anual del departamento y, en su caso, la revisión que del mismo se realice, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, y con adecuación a los criterios y objetivos establecidos en el Plan General de Publicaciones Oficiales vigente. c) Orientar las actividades editoras y difusoras del departamento, prestando asesoramiento en todos los asuntos relacionados con aquéllas. d) Asesorar a la Secretaría general técnica en materia de publicaciones y realizar el seguimiento del programa editorial. e) Informar la Memoria anual de publicaciones del departamento. f) Proponer e informar los proyectos de normas que afecten al departamento en materia de publicaciones oficiales...

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