ORDEN TAS/775/2002, de 3 de abril, por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones y otras materias relacionadas con la actividad editorial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Abril de 2002
MarginalBOE-A-2002-6954
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

La Orden de 13 de enero de 1997, de conformidad con las disposiciones del entonces vigente Real Decreto 379/1993, de 12 de marzo, de Ordenación de Publicaciones Oficiales, regula la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Las modificaciones operadas por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, así como los cambios producidos por los sucesivos Reales Decretos de organización departamental, el último de ellos el 557/2000, de 27 de abril, obligaron a la publicación del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, que adecua y actualiza la regulación contenida en el citado Real Decreto 379/1993, al que deroga expresamente, a la vez que introduce novedades tendentes a la mejora de la gestión y del control de la actividad editorial de la Administración General del Estado, que tienen, a su vez, plasmación en el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración del Estado 2001, aprobado el 27 de abril por el Consejo de Ministros.

En consecuencia, se hace preciso adecuar la regulación contenida en la Orden de 13 de enero de 1997 a las modificaciones introducidas por las normas citadas, en especial por el vigente Real Decreto 1 18/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales, tanto en lo que se refiere a la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones, como respecto de las funciones que corresponden al Centro de Publicaciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, contemplando, asimismo, aspectos esenciales de la gestión editorial que han de observarse en el desarrollo de las actuaciones derivadas del ejercicio de sus respectivas competencias.

En su virtud, previo informe de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero. Constitución de la Comisión Asesora de Publicaciones.

Se constituye en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la Comisión Asesora de Publicaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.

Segundo. Competencias de la Comisión Asesora de Publicaciones.

Corresponde a la Comisión Asesora de Publicaciones:

  1. Informar, en su caso, con carácter previo a su remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales, las iniciativas del Departamento en relación con el Plan General de Publicaciones Oficiales.

  2. Informar, con carácter previo a su remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales, las propuestas de edición que deban integrar el programa editorial anual del Departamento y, en su caso, la revisión que del mismo se realice, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 118/2001 y con adecuación a los criterios y objetivos establecidos en el Plan General de Publicaciones Oficiales vigente.

  3. Orientar las actividades editoras y difusoras del Departamento, prestando asesoramiento en todos los asuntos relacionados con aquéllas.

  4. Asesorar a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR