Orden EHA/3250/2006, de 26 de septiembre, de autorización de la fusión por absorción de la entidad Compañía Aseguradora Banesto Seguros, S. A. por la entidad Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S. A., y la extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad absorbida.

MarginalBOE-A-2006-18422
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Las entidades Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S.A. y Compañía Aseguradora Banesto Seguros, S.A. presentaron ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión por absorción de la entidad Compañía Aseguradora Banesto Seguros, S.A. por parte de la entidad Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S.A.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y 72 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para llevar a cabo la fusión.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Primero.-Autorizar la fusión por absorción de la entidad Compañía Aseguradora Banesto Seguros, S.A. por parte de la entidad Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S.A.

Segundo.-Declarar la extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Compañía Aseguradora Banesto Seguros, S.A.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR