Decreto 107/1996, de 12 de Marzo, por el Que Se Declara Bien de Interes Cultural, Con la Categoria de Zona Arqueologica, el Yacimiento Denominado «Dolmen Casas de Don Pedro», En el Termino Municipal de Belmez (Cordoba).

MarginalBOE-A-1996-17368
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto
  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de Patrimonio Histórico, Artístico, Monumental, Arqueológico y Científico y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley «los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico».

    Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del patrimonio histórico andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.3, el Director general de Bienes Culturales, el encargado de incoar los procedimientos de declaración de Bienes de Interés Cultural, el Consejero de Cultura (artículo 3.3), el encargado de proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración y competiendo según el artículo 1.1 a este último dicha declaración.

  2. La importancia del yacimiento radica en que se trata del único ejemplo excavado y conocido, hasta el momento, de la Cultura Megalítica del N. de la provincia de Córdoba, que conforma un interesante conjunto de enterramiento dolménico, cuyo estudio puede llevarnos a conocer el poblamiento calcolítico de la zona dedicado a la explotación agrícola y metalúrgica, hasta ahora poco conocido, pero que a juzgar por la gran cantidad de enterramientos megalíticos debió ser importante. Igualmente al estar enclavado este yacimiento arqueológico en una zona de explotación agrícola intensiva, hace que sea necesaria su declaración como bien de interés cultural, a efectos de evitar su...

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