Decreto 105/1996, de 12 de Marzo, por el Que Se Declara Bien de Interes Cultural, Con la Categoria de Zona Arqueologica, el Yacimiento Denominado «Las Angosturas», Situado En el Termino Municipal de Gor (Granada).

MarginalBOE-A-1996-19928
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto
  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de Patrimonio Histórico, Artístico, Monumental, Arqueológico y Científico, y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley «los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico».

    Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del patrimonio histórico andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3, el Consejero de Cultura el encargado de proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración y competiendo, según el artículo 1.1, a este último dicha declaración.

  2. El yacimiento de «Las Angosturas», situado sobre un espolón rocoso de indudable valor estratégico, nos ofrece una amplia secuencia cronológico-cultural que abarca desde un Neolítico final hasta los inicios de la romanización, con una ocupación de intensidad variable en función de la época, pero sin importantes lagunas.

    Es precisamente esta continuidad en la ocupación lo que aconseja su declaración como zona arqueológica, ya que refleja lo que ha sido la evolución cultural en el sureste de la Península desde la Prehistoria reciente hasta épocas históricas.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales, por Resolución de 9 de noviembre de 1987, incoó expediente de declaración de zona arqueológica como bien de interés cultural a favor del yacimiento denominado «Las Angosturas», en Gor (Granada), siguiendo su tramitación según lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para su desarrollo (modificado parcialmente por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero).

    En la tramitación del expediente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, emitieron informe favorable a la declaración la Real Academia de...

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