RESOLUCIÓN 197/1997, de 14 de Octubre, del Estado mayor de la Armada, sobre la delegacion de la Competencia en la Concesion de los Anticipos de Pagas al personal militar destinado en unidades, centros y Organismos de la Armada.
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Noviembre de 1997 |
Marginal | BOE-A-1997-23741 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Defensa |
Rango de Ley | Resolución |
La disposición cuarta de la Orden 92/1997, de 14 de mayo, por la que se regulan los anticipos de pagas en el Ministerio de Defensa, atribuye al Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada o autoridades delegadas la competencia en la concesión de los anticipos de pagas para el personal militar y civil dependiente del Ministerio de Defensa.
Por Resolución 65/1995, de 3 de mayo, del Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada, previa autorización del Secretario de Estado de la Administración Militar, se delegó la concesión de anticipos de paga del personal civil al servicio de la Administración Militar destinados en unidades, centros y organismos de la Armada, al Almirante Jefe de Personal de la Armada.
Por razones funcionales y dado que la concesión de los anticipos de paga tiene carácter de gestión, parece conveniente delegar también en el Almirante Jefe de Personal de la Armada la competencia para la concesión de estos anticipos al personal militar, por lo que en uso de las facultades conferidas y de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y con la aprobación del Ministro de Defensa, dispongo:
Primero.-Delego en el Almirante Jefe de...
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