ACUERDO DE COOPERACION ECONOMICA Y FINANCIERA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA ARGENTINA, FIRMADO EN BUENOS AIRES EL 18 DE OCTUBRE DE 1995.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Noviembre de 1997
MarginalBOE-A-1997-26429
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA

Y LA REPÚBLICA ARGENTINA

El Reino de España y la República Argentina.

CONSIDERANDO

Que el Tratado General de Cooperación y Amistad entre el Reino de España y la República Argentina (en adelante, «las Partes»), suscrito el 3 de junio de 1988 e inspirado en los valores comunes de libertad, democracia y progreso social, así como en la tradicional amistad y especial afinidad que vinculan a sus pueblos, expresa la voluntad de ambos gobiernos de estrechar y profundizar las relaciones entre los dos países.

Que en el curso de los cinco años de vigencia de ese Tratado, más allá del nivel de excelencia alcanzado en las relaciones entre los dos países, se han fortalecido los lazos de unión cultural, política y económica entre ambos pueblos.

Que en agosto de 1994 concluyó la vigencia del Acuerdo económico integrante del mencionado Tratado, importante instrumento de cooperación bilateral, que permitió movilizar recursos públicos y privados que contribuyeron al progreso económico de ambos países.

Que el Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones y el Convenio para Evitar la Doble Imposición, y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio, firmados el 3 de octubre de 1991 y el 21 de julio de 1992, respectivamente, brindan un marco de seguridad jurídica adicional para el flujo de inversiones entre ambos países.

Que ambos Estados aspiran a establecer una nueva relación bilateral, compatible con los compromisos internacionales adquiridos por cada uno de ellos, y conforme a una nueva visión de la cooperación, dirigida a la realización de proyectos económicos en forma conjunta.

Que el Reino de España, como miembro de la Unión Europea, y la República Argentina, como miembro del Mercado Común del Sur, se proponen cooperar al robustecimiento de las estructuras regionales de integración que puedan servir para fortalecer los lazos de cooperación entre las respectivas regiones, y a favorecer la creación de un orden económico internacional más equitativo.

Acuerdan lo siguiente:

Artículo 1

El presente Acuerdo que integra el Tratado General de Cooperación y Amistad entre el Reino de España y la República Argentina tiene por objeto establecer mecanismos que contribuyan a dinamizar y modernizar las economías e instituciones de ambos países, y a ampliar la cooperación económica y financiera recíproca, sin perjuicio de los respectivos compromisos interna cionales adquiridos. Con ello se procura un desarrollo asociado cuyos actores principales sean los respectivos sectores privados, y especialmente la pequeña y mediana empresa.

Artículo 2

Las Partes examinarán los mecanismos financieros idóneos, compatibles con los acuerdos internacionales vigentes, para apoyar el desarrollo de proyectos de interés común, de iniciativas conjuntas de colaboración empresarial y de acuerdos de reconversión industrial de los sectores argentinos que deban...

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