ACUERDO de 19 de noviembre de 2001, de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria de becas para la formación práctica de archiveros, bibliotecarios y documentalistas.

MarginalBOE-A-2001-22734
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorCortes Generales
Rango de LeyAcuerdo

En el ámbito de sus actividades destinadas a difundir el conocimiento de las instituciones parlamentarias, el Congreso de los Diputados, por acuerdo de la Mesa de la Cámara de 19 de noviembre de 2001 convoca el presente concurso con el fin de adjudicar doce becas individuales para la realización de estudios y trabajos de carácter archivístico, bibliotecario y documental, relacionados con el parlamento y las asambleas deliberantes, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.

Primera. Objeto.

El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para realizar los trabajos o estudios de carácter archivístico, bibliotecario y documental relacionados con la actividad parlamentaria y con la documentación obrante en la cámara, que encomiende la Dirección de Estudios y Documentación. Los estudios y trabajos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.

Segunda. Duración y cuantía.

  1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de veinticuatro meses y su cuantía total será de 10.806 euros brutos cada año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 900,5 euros. E1 Congreso de los Diputados contratará un seguro de accidentes y de enfermedad para cada uno de los becarios por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuvieran cubiertas estas contingencias, y dentro de las condiciones propias de este tipo de contratos. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2003 y serán indivisibles e improrrogables; además serán incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo período.

  2. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la cámara.

    Tercera. Jurado.

  3. Las becas se concederán por la Mesa del Congreso de los Diputados, a propuesta de un jurado integrado por el Presidente de la Cámara o Vicepresidente en quien delegue, que lo presidirá; un Secretario de la Mesa, el Director de Estudios y Documentación, un Jefe de Departamento de la Dirección de Estudios y Documentación y un archivero bibliotecario del mismo Departamento, que actuará como Secretario. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos.

  4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el jurado se reunirá para examinarlas y elevar la propuesta a la Mesa para su aprobación. Se levantará acta de sus acuerdos, con la firma del Secretario y el visto bueno de su Presidente.

  5. El Jurado propondrá, asimismo, treinta suplentes para el caso de renuncia o no justificación de requisitos...

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